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Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

22 respuestas
Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion
Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion
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#1

Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

SALUDOS...SOY NUEVO EN LA PAGINA Y ME GUSTARIA ALGUIEN ENTENDIDO QUE ME ASESORAR EN LA SIGUIENTE CUESTION:
antecedentes:
debido a que mi sentencia de divorcio es del 20 de diciembre, hasta esa fecha no pude hacer contrato de compra venta de un piso vpo en zaragoza directamente de la promotora, ya estan terminados desde hace un año y les quedaban por vender; ya tenia fecha para escriturar con el notario pero al ser vpo deben de visar el contrato de compraventa y autorizar la venta, asi que tuve que avisar al notario para retrasar la escritura.... debido a lo cual no he podido escriturar antes de fin de año para la desgravacion de la vivienda... el contrato de compraventa del inmueble tiene fecha dia 28 de diciembre con una entrega de 25000 € y registro en la administracion con fecha dia 29 de diciembre........
pregunta:
podre desgravarme la adquisicion de dicho inmueble aunque no sea elevada a publica dicha adquisicion?

creo que por motivos burocraticos no deberia perder un derecho adquirido ya que se trata de la misma administracion la que pone las trabas

gracias

otra cuestion.....

podre seguir desgravando por la vivienda que disfruta mi exmujer y mi hijo?

#2

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

Creo que en tu caso tienes suficientes pruebas para demostrar que la vivienda la adquiriste antes de 01.01.11: contrato de compraventa, entrega de una cantidad importante de dinero, compra directa a promotor y registro en la administración. Por lo tanto yo no me preocuparía.

En cuanto a la segunda pregunta, solamente te puedes desgravar por la adquisición de tu vivienda habitual y lógicamente solamente puedes tener una. Y además debes tener en cuenta que en la nueva vivienda no te podrás desgravar hasta que no hayas invertido en ella las cantidades que te han servido de base de deducción en la anterior.

Saludos.

#3

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

gracias por contestar....... te cuento
segun me dijeron en informacion tributaria por telefono no tengo derecho a ninguna desgravacion por compra de vivienda ya que al estar terminadas y con celula de habitabilidad es como si la promotora fuera un particular y entienden que se compra entre particulares, pero en la ventanilla de la agencia tributaria en zaragoza el señor que me atendio me dijo que si.....asi que estoy en un mar de dudas....
la otra cuestion es que por sentencia de divorcio mi exmujer disfruta del piso ya que esta el pequeño con ella, seguimos pagando hipoteca, pero el piso sigue siendo de los dos...segurio que no puedo desgravar por el?

#4

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

Tendrías que poder demostrar que te han dado las llaves en 2010, con la firma del contrato privado y la entrega de esas cantidades, independientemente de que se haya escriturado más tarde. La entrega de llaves demuestra la transmisión.

En cuanto a la vivienda de tu exmujer y tu hijo, sí que puedes deducirla, pego el artículo 55.1.2º del Reglamento:

2.º En los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, las cantidades satisfechas en el período impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.
También podrá practicarse deducción por las cantidades satisfechas, en su caso, para la adquisición de la vivienda que constituya o vaya a constituir su vivienda habitual, con el límite conjunto de 9.015 euros anuales.

Saludos.

#5

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

gracias al.rodrigo pero me sigue quedadndo las mismas dudas....debo ser un poco ceporro jejejejejjeje

me explico

porque si esta todo en regla y la vivienda terminada tienen que visar el contrato de compraventa? si supuestamente compro a la promotora una vivienda aunque sea de vpo ya terminada es como si comprara a un particular, creo que el visado de los contratos se inventaron para confirmar que la promotora de la vivienda en construccion tenia fondos para acabar su obra pero no entiendo que estando acabada se me retrase el asunto.
otra cuestion es que si por culpa de un tramite burocratico me perjudica economicamente, puedo pedir algun resarcimiento a la administracion?

en cuanto a la vivienda de que disfruta mi ex..... segun la ley de presupuestos generales para 2011 en el art.67 en su punto 2 dice que ..."no se podra practicar deduccion por adquisicion de la nueva en tanto las cantidades invertidas en la misma no superen las invertidas en las anteriores, en la medida que hubiesen sido objeto de deduccion."

me perdi

muchas gracias

#6

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

Empiezo por la segunda duda. Por la nueva vivienda puedes empezar a deducir una vez que hayas invertido en su adquisición las cantidades que te sirvieron como base de deducción por la anterior, PERO mientras fue tu vivienda habitual (ya no lo es). Tema aparte es que no siendo tu vivienda habitual además te permitan deducir por ella.

En cuanto a la primera duda. Puedes mantener el régimen deductor vigente a 31.12.2010 siempre que demuestres que la vivienda la adquiriste antes del 01.01.2011. Esto quiere decir que te ha sido entregada la vivienda, que no tiene porqué coincidir con la fecha de las escrituras. No obstante, puedes formular consulta vinculante a la Dirección General de Tributos. Y si te sientes perjudicado por la Administración, debido a su actuación, iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa, pero en este tema no te puedo orientar en nada.

Saludos.

#7

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

gracias por tu tiempo

#8

Re: Retraso en la escitura vivienda vpo en aragon por faltar visado de la administracion

Ante todo te pido disculpas por el error cometido en mi primera respuesta y corregido por el comentario número 4 de al.rodrigo al no tener en cuenta el artículo 55.1.2º del Regalmento IRPF. En cuanto a tu otra duda, se puede leer en el siguiente enlace: http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Le_Interesa/preguntas_frecuentes.pdf

La fecha de adquisición de inmuebles se determinará conforme lo establecido en el artículo 1.462 del Código Civil. Para determinar dicha fecha debe tenerse en cuenta que el Derecho español, según el Tribunal Supremo y opinión mayoritaria de la doctrina, recoge la teoría del título y el modo, de tal manera que “no se transfiere … el dominio si no se acredita la tradición de la cosa vendida” (Sentencia de 27 de abril de 1983). La tradición puede realizarse de múltiples formas, entre las que pueden citarse para los bienes inmuebles: la puesta en poder y posesión de la cosa vendida, la entrega de las llaves o de los títulos de pertenencia o el otorgamiento de escritura pública.
Como puedes comprobar la Agencia Tributaria deja la puerta abierta a poder demostrar la compraventa por "múltiples formas". Saludos.