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Recibo de alquiler ¿iva y retención?

7 respuestas
Recibo de alquiler ¿iva y retención?
Recibo de alquiler ¿iva y retención?
#1

Recibo de alquiler ¿iva y retención?

Buenos días a tod@s

Antes de nada FELIZ AÑO NUEVO

Acabo de alquilar una vivienda a una pareja, y ayer me comentan que si yo tenía que hacerles IVA y retención en el recibo de alquiler. Les comenté que creía que no, al ser yo un particular.

Además, entiendo que con el justificante bancario del ingreso, tendrán suficiente para justificar el pago.

También me comentó si lo había llevado a la Junta de Andalucía.

¿me podéis aclarar este tema?

#2

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

Si el destino es el uso exclusivo como vivienda no deberá llegar iva. Así mismo, no deberán practicarte retención alguna de IRPF.

#3

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

Gracias.
Y sabes algo de que tenga que comunicar el alquiler a la Junta de Andalucía?

#4

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

No se a que te refieres exactamente. Lo que seguro que hará el inquilino es declarar el alquiler en su IRPF, po si tiene derecho a deducción. Te aconsejo también que lo hagas tu, ya que el rendimieto neto del alquiler podrás reducirlo en un 60% y hasta en un 100% si el inquilino tiene entre 18 y 30 años. Si no lo declaras y te pescan, no te podrás aplicar la reducción sobre el rendimiento neto del alquiler.

#5

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

Creo que lo que se refieren a llevar a la Junta de Andalucía es a depositar la fianza en este organismo público. Es requisito necesario en Andalucía para la tramitación de las ayudas al alquiler para jóvenes. S2

#6

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

El arrendamiento de viviendas está sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales. El sujeto pasivo es el arrendatario, pero el arrendador es responsable subsidiario del pago cuando ha recibido el primer plazo de la renta sin exigir la justificación del pago del impuesto.

Si se ha firmado un contrato, se debe liquidar el impuesto por el arrendatario y el arrendador debe exigir el justificante. Otra posibilidad es ir al Estanco y comprar los contratos "timbrados", lo que evita tener que ir a liquidar el impuesto, ya se paga al comprar esos impresos.

En alguna Comunidad (p.ej. Madrid) se exige el depósito de la Fianza en la Comunidad Autónoma, no sé cuál es la legislación en Andalucía.

Saludos.

#7

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

La vivienda no lleva IVA, como bien dicen los compañeros.

Tampoco lleva retención, todo eso sería en el caso de un local comercial.

Con el justificante mensual del banco es suficiente para acreditar el pago.

Respecto a la Junta se refieren a que debes depositar la fianza en papel del estado en la Consejería de Economía y Hacienda, es algo que antes se hacía más y ahora creo que se hace muy poco, aunque se supone que debes de hacerlo.

En cualquier caso la obligación es tuya (no del inquilino) igual que declarar el piso es obligación tuya (no del inquilino) creo que debe meterse en sus obligaciones y no en jardines del vecino.

Por cierto, para cobrar la RBE no es necesario que la fianza esté depositada te lo digo de buena tinta ya que mi hermano la cobró (en Andalucía) y el propietario la fianza la tenia él.

Salu2.

Método, disciplina y tiempo

#8

Re: Recibo de alquiler ¿iva y retención?

Muchas gracias a todos. Dejaré lo de la fianza sin depositar de momento.

Saludos.