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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

48 respuestas
Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
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#46

Re: Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

Disculpa y muchas gracias por todo si a parte de un alquiler de 720€ qe declaró, tengo un alquiler del garaje a otra persona qe me ingresa por bizum mensualmente y no estado declarando peligra en alguna cuestión si sigo sin declarar esos 50 del garaje ya qe voy a pedir el subsidio en mayo y no quiero ir tant al límite?
Ponerlo al nombre de un familiar sería buena opción??
Gracias nuevamente.
#47

Re: Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

Humanos somos todos y nadie está a salvo del error humano.
En ese sentido ¿es mejor comunicarlo antes y que el posible error sea antes o esperar y que el posible error llegue más tarde? Pues exactamente igual. La probabilidad de error es exactamente la misma.
Lo que sí le sugiero es que, comunique cada pago único cuando se produzca o esperar a hacer la DAR y comunicar todos los pagos únicos en ese momento, es que sea usted quien comunique estos ingresos y sus importes (por escrito), si deja que sea el SEPE quien los descubra es más posible el error que si les lleva echas las cuentas y sólo tienen que comprobar que lo que ven en la declaración de renta coincide con los cálculos que ha presentado.
#48

Re: Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

Muchas gracias, franjgr.  

Osea, que lo sacan de la Renta! Me quedo mas tranquilo, porque ahí los importes están claros y indica de donde vienen . Yo pensaba que podían pedir datos de mis ingresos en mis cuentas continuamente y hacer cuentas raras. 

Lo único que mi Renta es a posteriori porque haré la DAR en Marzo. Para mi es peor porque tengo que estar más atento, pero ellos hasta abril del siguiente año no me van a decir nada, 
¿no?.  Así mientras tanto puedo dormir, jijiji.  

Si quisiera avisar de cada pago único ¿Que tengo que hacer? 

- El formulario que hay en la web no funciona... Si voy presencialmente, me dirán no hace falta y no me quedo con pruebas por escrito... 
¿Vale lo de la red Sara o alguna manera de hacerlo por presolicitud? 

Saludos.

#49

Re: Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

¡OJO! Al hacer la DAR, debe comunicar cualquier situación que supere el límite de rentas desde la anterior DAR, reanudación o prórroga y no lo que venga en la declaración del IRPF. El concepto es muy diferente y ha habido mucha gente que se ha enfrentado a sanciones por desconocerlo.
Por el registro electrónico siempre se puede hacer todo, por supuesto. Por presolicitudes no han incluido el tramite
#50

Re: Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52

Hombre, no creo que se lo inventen.... jejeje. 

Mis  rentas con sota, caballo y rey. 4 letras y un dividendo + unas rentas fijas mensuales. No hay más. Si recibiese un ingreso en cuenta y que no fuese renta, avisaría por si acaso (aunque dudo que puedan ver los movimientos salvo que haya un incremento muy grande).

Lo que voy a hacer es lo siguiente y no sé si le parece buena idea: 

1- Cuando pida el subsidio, indicare mis rentas fijas (la del mes anterior) y pondré en observaciones que además de eso tengo 4 letras de tal importe, con tal rendimiento previsto (total y prorrateado) , y con las fechas de vencimiento. 
Lo de poner notas en observaciones es una de sus indicaciones, y además esta justificado porque si realmente te van a sumar los pagos únicos que tienes a lo largo del año, ya me están sumando el rendimiento efectivo todos los meses, y no me van a sumar también el presunto. 
Yo les digo lo que tengo y que me lo imputen ellos como quieran. El riesgo de imputarlo yo a un sitio donde no habría que imputarlo, podría suponer que al vencimiento de la letra me lo vuelvan a imputar y ocurra lo que tanto me preocupaba, una doble imputación.

2.- Al hacer la DAR el próximo año, diré que no hay variación, pero que las letras de las que había informado en la declaración responsable han vencido en las fechas que tenían programadas y se han invertido de nuevo. Añadiré que añado documento para su revisión. 

3.-  El dividendo si avisare en su momento, porque además es francés.  

Si a pesar de eso me quitan 4 meses (que imputasen el importe total sin prorratear única posibilidad) ,  al menos no me sancionan (creo) porque avisar he avisado y reclamo todas juntas.  Si solo me quitan 1 o 2, la reclamación es fácil, porque la situación es igual en las cuatro letras y estarían aplicando diferentes criterios .

Por cierto, en una de las paginas del SEPE se indica que la sanción es si no lo comunicas en el momento ni tampoco en la siguiente DAR. 

saludos