Las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a qué corresponde y se imputa el cociente a cada mes. Aquí entran intereses de cuentas, dividendos, depósitos, alquileres...
Los pagos únicos se dividen entre 12 y el cociente se imputa solo al mes que se percibe. Aqui entran sorteos, promociones, venta de patrimonio, fondos de inversión, letras del tesoro...
El límite de ingresos mensual es de 888 euros al mes.
Por un pago de 200 euros (que debe dividirse entre 12), no le van a suspender el subsidio, salvo que tenga otras rentas que sumadas lleguen a 888 euros mensuales.