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Declaracion renta 2010 y gestoria

9 respuestas
Declaracion renta 2010 y gestoria
Declaracion renta 2010 y gestoria
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#1

Declaracion renta 2010 y gestoria

buenas noches,
tengo muchas dudas sobre mi declaracion a hacienda en 2011 (la de 2010)
He hecho unas 20 operaciones al mes mas o menos...o sea muchas operaciones.
imagino que no debo escribirlas todas solo la suma de mis compras menos la suma de mis perdidas, pero tengo dudas sobre los div. que me han dados teniendo comprado un indice, o como evitar la dobre imposicion sobre mis dividendos de fondos americanos...
Como ademas he vendido mi casa esta año, quiero ayuda de un profesional para hacer mi declaracion de la renta.
Me podeis dar un nombre, una empresa a quien acudir? Vivo en madrid...
gracias por vuestra ayuda.
saludos

#2

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

En mi opinión, la mejor: "Eric24". Descargando el programa PADRE y el manual de la AEAT. Además sabes que cuentas con la ayuda del foro, para indicarte las casillas que debes ir rellenando y marcando.

El programa dispone (otros años así ha sido) de espacio para incluir hasta 45 operaciones de venta. Mejor incluirlas una a una, no se tarda mucha. Y el tema de la venta de tu vivienda tampoco lo complica demasiado.

En cuanto a la doble imposición internacional. En la casilla 24 indicarás el importe íntegro de los dividendos y la retención nacional, señalando si los dividendos cumplen los requisitos para estar incluidos en la exención de hasta 1.500 euros o no. Y en la casilla 734 volverás a poner esos dividendos, si cumplen el requisito de permanencia para que estén incluidos en la citada exención y la retención en origen. El programa te hará los cálculos necesarios.

Saludos.

#3

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Hola compañero, a lo largo de este año te he hecho alguna consulta.
Te voy a resumir mi situación ahora que ha acabado el año para ver como me aconsejas
proceder con la declaración.

-Casillas de dividendos? Tengo contabilizados por separado los que cumplen y los que no cumplen con la ley de los dos meses antes/despues; en que casilla van cada uno?

-Operaciones: En Warrants 6 operaciones.
Wn ETFs: 4 operaciones, hasta aquí diría que fácil.
En acciones: Un 90% del mercado continuo, alguna americana y europea, tengo contabilizadas operaciones de 65 empresas, y en total unas 116 operaciones de venta.

Tu en mí lugar que como lo harías? Ya que no entrar las operaciones totales, pero tampoco, aunque juntara en una sóla las ventas totales de cada empresa, seguiría teniendo 65 operaciones de venta, que tampoco entran.
Espero medirme un poco este año, y operar algo menos, aunque sólo sea por la declaración.

Gracias por tu ayuda o la de otro que conteste.

S2

#4

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Respondo suponiendo que no modifiquen mucho el programa PADRE.

Los dividendos van todos en la misma casilla, la 024. Deberás distinguir en tipo de rendimiento, y poner el "1" para los que cumplen los requisitos para estar dentro de la exención de hasta 1.500 euros y "2" para los que no lo hacen.

En cuanto a las acciones, agrupando por algún criterio homogéneo; por ejemplo: ibex, contínuo, otras nacionales, extranjeras por países. O por ejemplo: nacionales por sector, extranjeras por países. Lo que sí debes de reservar es columnas para las pérdidas que estén afectadas por la normativa antiaplicación.

Saludos.

#5

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Hola compañero,
Con lo último(perdona mi falta de conocimientos), te refieres a que guarde columnas para aquellas pérdidas que no hayan cumplido la ley, no a las que si la cumplen, no?
Afortunadamente sólo tengo un par de operaciones por escaso importe(26 €) que no cumplan la ley, entiendo que las pongo en esta declaración, y debería volver a ponerlas en la declaración del año que consiga que cumplan la ley no?
Un ejemplo: Con SOS, hice unas cuantas operaciones especulativas, creo que fueron 2 con pérdidas moderadas, 3 con ganancias moderadas y una ganancia fuerte que hace que el global sea positivo a mi favor, todas ellas sin respetar ningún plazo, la última operación fue el 21/12/2010, ahora no tengo nada de SOS, entiendo que si no vuelvo a comprar acciones antes del 21/02/2011 las pérdidas cumplen la normativa antiaplicación y simplemente puedo hacer las sumas y restas y dejar como resultado el + xxx que deje finalmente.
Creo que al final voy a seguir tu consejo y voy a agrupar por IBEX, Continuo, USA, Europa, Warrants y Etfs.
Otra duda que tengo con la normativa antiaplicación de pérdidas es si funciona igual para los Warrants, Etfs, y los famosos derechos tan habituales últimamente por el Mercado Español, ya que tb. los he tocado un poco.
Muchas gracias por todo, un saludo.

#6

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Otra duda tonta que tengo, lo de compensar las pérdidas, tengo entendido en los próximos 4 o 5 años, no estoy seguro; quiere decir que uno puede escoger en que año le viene mejor hace uso de esas pérdidas según le convenga, no? No se refiere a que las puede compensar durante cada uno de esos años, no?

S2

#7

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Pues las dudas se quedaron en el tintero. Digo que reserves las columnas para las pérdidas que se queden "cautivas", las que no puedes aplicar. En el caso de SOS, efectivamente, al vender todo, si no compras en los dos meses siguientes, puedes aplicar todas las pérdidas.

Es igual con warrants y con etf's. No se aplica en futuros, opciones o cfd's. En cuanto a los "derechos" no sé a qué te refieres.

Las pérdidas se compensan en el mismo año en el que se realizan. Si queda un saldo negativo (más pérdidas que ganancias) tienes cuatro años para compensarlas, pero no eliges, vas compensando a medida que los posibles saldos positivos te lo permitan.

Saludos.

#8

Re: Declaracion renta 2010 y gestoria

Primero, muchas gracias por contestar.

Con los "derechos" me refiero a cuando amplian capital, como hizo SOS, SACYR, BBVA, asi que me vengan a la cabeza, estan una temporada cotizando, y tantos derechos equivalen a X acciones, y puedes comprar las acciones directamente, o derechos y luego canjearlos según la fórmula por acciones, unas veces salen más baratas conseguir las acciones por una vía o por otra, aquí en rankia suelen poner una calculadora para ver la diferencia, a veces son grandes, y mientras los derechos cotizan, pon por ejemplo un mes, se puede especular con ellos, por ejemplo con los de SOS, fue un cachondeo total, tan pronto caían un 50% como lo subían.
Pues bien, sobre estos derechos te preguntaba si tb. había que aplicar la ley antiaplicación de pérdidas, porque hay ciertas empresas que por las acciones tengo libertad de movimiento, pero no por algunas pérdidas con sus derechos cotizados.
Espero que mi explicación sea mínimamente entendible. Y si por una casualidad te he podido enseñar algo me alegro mucho, normalmente eres tú el que lo hace con muchos de nosotros.

Un saludote.