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Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

11 respuestas
Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales
Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales
#1

Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Buenos dias, nos casamos en Andalucia hace 9 años, por lo que estamos en regimen gananciales. Actualmente llevamos residiendo en Cataluña 8 años ¿Se nos mantiene el regimen de gananciales o se nos pasa a separacion de bienes? Gracias.
#2

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Por supuesto no cambia nada en cuanto a vuestra situación matrimonial.  
#3

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Muchas gracias por la respuesta. Tenía entendido que a los 10 años de residente en Cataluña te cambiaban en automático a regimen de  separacion de bienes 
#4

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Te refieres a adquirir la vecindad catalana si no hay oposición de las partes. Cambiaréis el código civil aplicable si no declaráis lo contrario, pero vuestro régimen matrimonial no se modifica. Tu te casaste en régimen ganancial y eso no lo cambia esta nueva posible situación. 
#5

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

¿ A que te refieres con que cambiará el código civil aplicable?
#6

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Cambiarás al codigo civil catalán al adquirir la vecindad catalana que tiene notables diferencias con el aplicable en el resto de España. 
#7

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Pero tengo entendido que tambien se cambia el regimen economico matrimonial.
#8

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Echa un vistazo aquí por ejemplo
Aunque resumiendo, se sustenta en que:
II.- El régimen económico matrimonial se rige por el sistema legal vigente al tiempo de su celebración y se mantiene a lo largo de toda la vida del matrimonio, salvo que sea sustituido por otro distinto por pacto o capitulaciones entre los esposos. 
Frente a esta inmutabilidad (salvo revocación expresa) del régimen económico matrimonial, la vecindad civil es esencialmente mutable, pues conforme al artículo 14.5 Código civil, la vecindad civil se adquiere: 1ª Por residencia continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste ser ésta su voluntad, y 2ª Por residencia continuada de diez años, sin declaración en contra durante este plazo. 
Lo anterior significa que, por ejemplo, un matrimonio contraído bajo el régimen legal supletorio del derecho común se sigue rigiendo por este régimen aunque los consortes cambien de lugar de residencia, pierdan su anterior vecindad civil, y adquieran una vecindad civil foral que recoja en su sistema jurídico un régimen económico matrimonial distinto del común.
#9

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Duda aclarada, muchisimas gracias.
#10

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

¿Alguien sabria si en el año 2014 se aplicaba en Andalucia el regimen de gananciales?
#11

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

En derecho común, Andalucía, el régimen por defecto es y ha sido el de gananciales. Si no firmasteis capitulaciones matrimoniales en el notario, estás en régimen ganancial. 
#12

Re: Regimen economico mateimonio en Cataluña - bienes gananciales

Gracias