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1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

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1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año
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1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año
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#1

1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

El mes de marzo de 2023 herede 1/3 parte de 1 piso de mi padre y despues de la aceptacion de herencia hecha ese mes (por la cual pagamos la plusvalia correspondiente cada 1 de las 3 partes), el mes de julio hicimos disolucion de comunidad de los 3 herederos del mencionado piso, quedandose 1 de ellos con la totalidad del inmueble y como compensacion recibi 1/3 parte del valor que le dimos a la finca que fue inferior al valor de referencia que consto en la escritura de aceptacion de herencia del mes de marzo.

La consulta es doble :

- Por el hecho de haber recibio el piso en herencia el 2023 y haber disuelto la comunidad de condominio ese mismo 2023, tengo que declarar la herencia y la disolucion de condomino hecha posteriormente pero todo ello en el 2023 en el IRPF de 2023 ?; teniendo en cuenta que el valor de la disolucion fue inferior al valor de referencia declarado en la escritura de aceptacion de herencia ?

- Habiendo disuelto la comunidad de condominio dandole un valor inferior al valor de referencia que consto en la escritura de aceptacion de herencia tengo que declarar tal disolucion de la comunidad por un inmueble que herede el mismo año ?

No se si lo he explicado bien...

Muchas gracias
#3

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Dado que ha existido una variación en la composición de tu patrimonio, es obligatorio declarar, por si hubiese una ganancia patrimonial.
En este caso, no parece que exista ganancia sujeta a IRPF, ni tampoco pérdida. Al menos, la pérdida sería solo parcialmente aplicable.

Recibes algo valor de escritura XXX. 
Ese ingreso en tu patrimonio está sujeta a ISD, por tanto queda no sujeto a IRPF.

Por ese algo valorado en XXX, debes pagar unos gastos y tributos (el propio ISD, el IIVTNU, los gastos notariales y registrales,....).
Por tanto, tu valor/coste de adquisición a efectos del IRPF son XXX + Gastos

Hacéis división de cosa común, y como es indivisible, uno se queda la cosa, y los otros dos recibís una compensación dineraria por la parte proporcional equivalente.
Pero....
No lo realizáis en base al valor previo XXX, sino a un nuevo valor (inferior) YYY.

Por esta segunda operación, al existir una alteración en la composición, debes declarar.
La diferencia de valores entre XXX e YYY, no la puedes aplicar, pues hacienda interpretará que en todo caso eso es una especie de donación encubierta.
La parte de Gastos sí la puedes declarar, y en este caso, como una pérdida patrimonial.

Para el adquiriente la cosa puede ser peculiar, a futuro, pues con independencia de cual sea el importe de las compensaciones entregadas, al ir por el negocio jurídico de división de cosa común, los valores originales no se alteran.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Agradezco la explicacion pero no me entero:

A ver en escritura de aceptacion de herencia pagamos la plusvalua municipal (1/3) sobre el valor de referencia, pero yo lo que quiero saber es lo que tengo que poner enel IRPF y donde:

-Vuelvo a incidir recibi 1/3 parte por herencia y luego a los 4 mesos hicimos disolucion de condominio y quien tambien tenia 1/3 parte nos compro a los otras dos las 2/3 partes y se quedon con el 100% . Hicimos disolucion de condominio y como compensacion recibi 1/3 parte del valor que le dimos, que era inferior al valor de referencia al declarado en la escritur a de acceptacion de herencia.
Dices donacion encubierta ? pero si hicimos disolucion del condominio...

Repito lo que me interesa saber es en el IRPF 2023 que tengo que declarar de estas 2 operaciones que he explicado:

He recibido 1/3 parte de un inmueble por aceptacion de herencia que el mismo año 2023 ya no tengo porque por disolucion del condominio recibi 1/3 parte como compensacion del valor que le dimos en la escritura de disolucion ¿?

Gracias
#5

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

La primera operación es una herencia, va por ISD. Nada que declarar.
La segunda operación sí es declarable en IRPF.
Pero te va a dar una pérdida patrimonial.
Para que hacienda no te meta en problemas, declara como pérdida solo los gastos habidos en la herencia (el propio coste del ISD, el IIVTNU, la parte proporcional de notaria y registro).

La diferencia de valoraciones entre recibir la herencia, y dividir la cosa común por un valor inferior, queda como cosa interna entre vosotros. Para hacienda esa pérdida no existe.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

de acuerdo pero en IRFP dodne tengo que declarar la perdida ? primero declaro la herencia y luego la perdida ?eso es lo que no me entero de como hacerlo, porque los gastos del notario los pago la parte que se quedo con el 100% al hacer la disolucion de condominio

Gracias
#7

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Míratelo aquí:
https://youtu.be/UJSamZMlTWk?si=Blok_EAcCOciZrGU
La herencia, como te comentaron, nada a declarar o mencionar en la declaración de la renta. 
La pérdida no sé de qué importe será pero debe estar bien justificada. 

#8

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

pero si no tengo que declarar la herencia como voy a declarar la perdida, antes de tener una perdida de haber tenido un bien heredado para venderlo y tener ganacia o perdida, no ?

es que no me entero...podeis ayudarme por favor ?
#9

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Tu recibiste una parte de la vivienda a un valor especificado en la herencia, en este caso el valor de referencia, pagaste por ello en el ISD y su plusvalía. NADA MÁS QUE HACER. 
Ahora transmites un bien que recibiste con un valor por otro valor, está es la operación que si está gravada en el IRPF ( ganancias y pérdidas patrimoniales) y es la única operación a declarar en el IRPF.  Considera, tal y como te indico Cachilipox que la pérdida de valor por actualización, el precio al que lo recibiste y el importe recibido por la disolución, negativo en tu caso, no será compensable. 
#10

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Entonces en que apartado tengo que ponerlo ? Variaciones de patrimonio y como valor de adquisicion el valor de referencia puesto en la herencia ? y como valor de compensacion el que pusimos en la disolucion de condominio como valor de compensacion es el que tiene que indicarse en valor de venta ?

Saludos
#11

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Espérate unos días a que habiliten el RentaWEB.

Pero en el caso, poniendo un ejemplo, verás lo que debes declarar (más o menos).

Herencia:
Recibes 1/3 de vivienda, valorada en 50.000 €
Pagas, entre ISD e IIVTNU, más notaria y registro 10.000 €

Disolución de condominio:
Entregas el 1/3 de vivienda valorado en 50.000 €, pero solo recibes 40.000 €.

Debes declarar IRPF, y poner:
Valor de adquisición 60.000 € (suma de 50 + 10)
Valor de transmisión 50.000 € (el MAYOR DE dinero efectivamente recibido o valor fiscal-real de la cosa transmitida)

De esta manera, en el IRPF te saldría una pérdida por el importe de los impuestos y gastos de la herencia (los 10.000 € de este ejemplo), pero no te saldrá nada como pérdida por el apaño valorativo que habéis hecho entre hermanos.

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#12

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Dices :

"Debes declarar IRPF, y poner:
Valor de adquisición 60.000 € (suma de 50 + 10)
Valor de transmisión 50.000 € (el MAYOR DE dinero efectivamente recibido o valor fiscal-real de la cosa transmitida) "

Pero el valor de trasnmision no fue de 50000 fue un valor de compensacion que en la escritura de disolucion de condominio fue mas bajo que el valor de referencia y se indico explicitamente. Porque tengo que poner como venta si no fue una venta ??? y porque el mayor valor si el notario nos dijo que se tendria que poner el valor de compesancion...NO entiendo nada

Por favor me lo podeis explicar ?

Gracias
#13

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

En mi opinión, deberías ir a un asesor fiscal que te lo explique en persona y con los papeles delante, porque si con las explicaciones que te han dado aquí, que han sido muy claras y precisas, aún no lo comprendes, es difícil que termines entendiéndolo. 
#14

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

A ver si tengo que poner un valor de adquisicion entiendo que el valor de adquisicon no es el valor catastral sino el valor de reposicion; es correcto ?

Y en el valor de trasnmision que valor tengo que poner, si la operacion  de transmision fue una disloucion de condominio ; no tenemos que poner el valor de condominio que pusimos ? solo pregunto eso. Los 2 valors que tengo que poner en adquisicioon y en valor de transmision, cuando en adquisicioon fue por herencia y la transmision fue por disolucion de condominio ( los gastos a parte )

Saludos
#15

Re: 1/3 Vivienda heredada en un año y "vendida" por disolucion de condominio el mismo año

Ya te lo ha dicho  @cachilipox, “(el MAYOR DE dinero efectivamente recibido o valor fiscal-real de la cosa transmitida)” si hace unos meses admitisteis un valor , tendrás que tener una buena explicación para reducir ese valor.  Sobre lo que te dijo el notario tendrás que preguntarle a él.