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Pensiones 2011

5 respuestas
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#1

Pensiones 2011

#2

Re: Pensiones 2011

Buenas.

En primer lugar pedir disculpas, porque no sé que ha pasado con el mensaje anterior.

Os cuento mi duda. Me gustaría saber como va a quedar el IRPF de 2011 con el objetivo de optimizar fiscalmente la cantidad a cobrar de un plan de pensiones que se sumaría a la pensión de la Seguridad Social.

Más concretamente al haber dos pagadores, ¿hasta que cantidad se tendría que cobrar del segundo pagador para no tener la obligación de declarar?

Muchas gracias, un saludo

#3

Re: Pensiones 2011

Una contestacion ajustada , sin tener los datos precisos , es bastante arriesgado de dar.

En terminos generales : El rescate de los Fondos de Pensiones se puede realizar , a).-En forma de Capital , todo el importe en el mismo ejercicio ; b).- En forma de renta temporal , un determinado numero de años ; c).- En forma de renta vitalicia.

Se pueden conjugar ambas posibilidades.

La forma de Capital , para las aportaciones anteriores al 31-12-2006 y sus correspondientes rentabilidades se tiene una reduccion del 40% , se tributa solo por el 60% del capital rescatado ( Por esta reduccion es muy conveniente aplicar este sistema). Para las aportaciones posteriores ya no existe esta reduccion y por tanto es conveniente recuperarlo en renta temporal.

Siempre , con independencia de la forma del rescate , se considera un mayor ingreso en la Rentas del Trabajo y se suma a las otras rentas de la misma naturaleza.

Saludos

#4

Re: Pensiones 2011

Muchas gracias Lunático.

Preciso un poco más mi pregunta. El rescate se va a realizar en forma de renta hasta que se agote el plan. La idea es ver cuanto sacar para que fiscalmente sea favorable, considerandolo siempre como rentas del trabajo.

Por ejemplo, si se sacase 2000 €/año brutos del plan de pensiones (sería el segundo pagador, el 1º INSS) ¿habría que hacer declaración? ¿hasta que cantidad llegar?

Muchas gracias, un saludo

#5

Re: Pensiones 2011

Hay dos posibilidades para estar eximido de la obligación general de presentar declaración:

1.- Lo que percibas de la Seguridad Social más lo que percibas del plan de pensiones no debe de superar los 11.200 euros anuales.

2.- En caso de ser la suma anterior superior a 11.200 euros, lo que percibas del plan de pensiones no debe ser superior a 1.500 euros. Y la suma de los dos no debe de superar los 22.000 euros.

Todo ello suponiendo que en el resto de rendimientos cumples los límites.

Saludos.

#6

Re: Pensiones 2011

Muchas gracias al.rodrigo. Me es de gran ayuda.

Un saludo