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Modelo 720

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Modelo 720
#1

Modelo 720

 Mi madre, ciudadana española de 90 años , posee un apartamento en París heredado de su madre, nacionalizada francesa, nunca ha hecho, ni le han requerido para hacer el modelo 720 de la AEAT, mis dudas son las siguientes:
1.- Si ahora lo hace ¿Que consecuencias tendría? ¿Sanciones? ¿Carácter retroactivo?
2.- Si lo vende, ¿Se descubriría que no hizo modelo 720? ¿Repercusiones?
3.- Si fallece y no fue nunca requerido, los herederos tendrían que hacer algo o estaría el contador a cero?.
4.- Los herederos tendrían que tributar en Francia y España o hay acuerdo de doble imposición?
5.- ¿Existe la figura del condominio en la Hacienda Francesa? ¿Consecuencias?

Disculpar las molestias 
#2

Re: Modelo 720

Sin duda yo presentaría el 720 de 2019, la multa máxima, si no recuerdo mal, es de 300 euros y me quitaría de problemas. A partir de ahí ya estaría en situación legal.  
Si optas por esa vía, recuerda que  tendrás que regularizar también la renta imputada de dicho inmueble en las declaraciones de renta de los últimos cuatro años. Si no, te llegará en una paralela con sanción. 
Salvo mejor opinión. 
#3

Re: Modelo 720

De acuerdo con Rucko.  En el caso de herencia, la tributación recae en la comunidad donde radique el inmueble. Presentación estatal con normativa de la comunidad autónoma.