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Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

4 respuestas
Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona
Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona
#1

Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

Buenas noches,

¿Por favor, alguien podría hacerme un resumen de todos los gastos que hay que liquidar a la hora de vender una vivienda con usufructo vitalicio (en este caso, se venderia estando en vida el usufructuario)?

Supuesto 1:
Venta: 100.000 €
Precio compra fue superior que el de venta
Usufructo vitalicio: se liquidará antes de la muerte del usufructuario, es a él a quien hay que liquidar el importe?
Localidad: población de la provincia de Barcelona

Supuesto 2:
Venta: 120.000 €
Precio compra fue superior que el de venta
Usufructo vitalicio: se liquidará antes de la muerte del usufructuario, es a él a quien hay que liquidar el importe?
Localidad: población de la provincia de Barcelona 

Muchas gracias

#2

Re: Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

Al extinguirse el usufructo por renuncia o transmisión, el usufructuario debería recibir algo en compensación por su derecho desaparecido. Aunque no reciba nada, existiría una donación implícita.
Esa extinción de usufructo por renuncia o transmisión debe valorarse fiscalmente en al menos en valor fiscal del usufructo "al momento de su extinción".
Como el usufructo se valora fiscalmente en al menos un 10 %, en los supuestos comentados implica que el usufructuario ha recibido o debería haber recibido al menos 10.000 € del primer inmueble, y 12.000 € del segundo.
Su valor de adquisición fue el que fue, y hay que disminuirlo a razón de un 3 % anual desde que se constituyó dicho usufructo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

Buenas noches Cachilipox,

Muchas gracias por la respuesta.

La verdad es que los supuestos resultan ser la misma vivienda con 2 precios de venta distintos para tener una idea de los impuestos en caso de venderla por alguno de los 2 precios.
Respeto a tu respuesta, disculpa, pero no me ha quedado muy claro la siguiente información" Su valor de adquisición fue el que fue, y hay que disminuirlo a razón de un 3 % anual desde que se constituyó dicho usufructo." A la hora de constituirse según la escritura, no he visto en ningún lugar importe alguno que haga referencia al usufructo, ni % ni nada que se le parezca.

A parte del usufructo, ¿que impuestos más están grabados sobre la venta de la vivienda? ¿podrías darme los resultados según los números que hay en los supuestos por favor?

Muchas gracias

#4

Re: Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

Hola "Bitxo", comentarte que como VENDEDOR de la nuda propiedad debes hacerte cargo únicamente de pagar la plusvalía municipal (IIVTNU). En los casos expuestos indicas que el precio de compra fue superior a la venta por lo que en el Ayuntamiento te calcularan si realmente te corresponde o no pagar comparando la compra con el valor de venta de la nuda propiedad.
Si la vivienda cuya nuda propiedad transmites es la vivienda habitual y tienes más de 65 años, no hay que pagar IRPF por el beneficio de la venta.
Adicionalmente, si la venta de nuda propiedad fuera por un importe mensual, entonces se debería liquidar otro impuesto en Hacienda para registrar la renta y para inscribir una condición resolutoria, pero si la venta es en pago único no se deben liquidar.
El resto de gastos le corresponden al comprador, tanto de ITP (y/o donaciones si compra como persona física).
Cuando se consolide el usufructo, esto es salvo pacto aparte, al fallecimiento del usufructuario, se deberá liquidar el resto de ITP no liquidado en la compra por parte del comprador, irá en función de la edad del usufructuario en la compraventa (se calcula sobre una edad máxima de 89 años y se restan los años del usufructuario, por ej. 72 años, serían 89-72 = 17, por tanto se transforma este resultado en porcentaje = 17% que se reducirá sobre la totalidad del valor de compra para obtener valor mínimo de nuda propiedad, con un mínimo del 10%. Pero para calcular el importe mínimo fiscal de la vivienda  se debe obtener el valor de referencia catastral, independientemente del precio de compra, hay unos valores mínimos sobre los que se debe tributar.
Si el piso tiene un valor de referencia catastral de 150.000 €, y el vendedor 72 años, el valor de la nuda propiedad sería (150.000€-17% = 124.500€). Si se paga por la nuda propiedad 100.000 €, igualmente el importe sobre el que se tributa sería de 124.500€ (insisto por parte del comprador).
Al fallecimiento, el comprador debe liquidar los impuestos sobre la base restante, en este caso 150.000€ - 124.500€ = 25.500€, sobre esta base el % de ITP que le corresponda.
Es recomendable realizar este tipo de operaciones con empresas especializadas del sector como Soluciones para personas mayores - Mayor Solución (mayorsolucion.com) para asegurar que toda la operativa, cláusulas y documentación sea acorde y tener plena seguridad jurídica.
Un saludo,
Sergio S.

#5

Re: Gastos venta vivienda con usufructo en la provincia de Barcelona

Muchas gracias Sergio, muy claro.