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Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

10 respuestas
Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva
Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva
#1

Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva


Con fecha: 14-8-2022, solicité telemáticamente mi jubilación, por dificultad de obtener cita presencial para la gestión.
Por falta de asesoramiento profesional, se cometieron algunos errores que me han perjudicado en la resolución de mi jubilación.
Solicite los complemento a mínimos por no llegar a la pensión mínima, personales y por cónyuge a cargo.
Al estar percibiendo mi cónyuge una pensión no contributiva (PNC), no me concedieron el complemento por cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación.
Hecha la solicitud de renuncia a la PNC, con fecha 12 de diciembre de 2022, y con fecha de resolución estimatoria de 31-1-2023, reclamo que tenga como fecha de estimación, la de mi jubilación 10-11-2022.
No se acepta y me indican la vía de lo social para la reclamación.
Es probado que con fecha 15-11-1975, contraje matrimonio con la que actualmente es mi cónyuge.
Es probado que actualmente convivimos en el mismo domicilio y no percibimos mas ingresos que los de mi jubilación.
Es probado que la situación de cónyuge a cargo es la mas favorable económicamente para mi situación familiar.
Es cierto que si hubiera podido hacer la gestión de mi jubilación presencial en una oficina de la Seguridad Social, no se habría incurrido en los errores que yo he cometido por desconocimiento de tal gestión.
Es por lo expuesto que,
Solicito ayuda para que se reconozca la situación mas favorable para mi situación familiar desde la fecha efectiva de mi jubilación 10-11-2022 ( complemento a mínimos personales y por cónyuge a cargo).
A la espera de la ayuda que me pueda proporcionar, me despido
Attmte. Ángel Casanova Ramón


#2

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Hola,

Lamentablemente, solo te queda recurrir judicialmente (porque de lo que comentas entiendo que ya has planteado la reclamación previa contra la Seg. Social) con abogado y procurador, si lo que solicitas es ajustado a la normativa.

De todas formas, si no has devuelto la PNC de tu mujer, durante 2022 habrás superado los ingresos mínimos y por tanto, solo tendrás derecho al complemento desde que tu mujer ya no reciba la PNC. En principio, parece que lo que te indica la Seg. Social es correcto, repito, si la renuncia a la PNC no conlleva reembolso de lo que tu mujer percibió y que es por lo que se supera el límite de ingresos y se deniegan los mínimos.

Espero haberte aclarado algo la situación,
Un saludo.
#3

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Gracias por tu respuesta.
La pensión no contributiva de mi cónyuge sólo era de 223 euros mensuales y mi jubilación de 557 euros desde noviembre de 2022. No superamos los mínimos
el verdadero problema es que al hacer yo por mis medios la solicitud, NO  se solicito la renuncia a la PNC de mi cónyuge con la misma fecha de jubilación, y todo estaría bien. ¿Por qué no se aplica la situación mas favorable al jubilado?
Es lo único que pido, el derecho a percibir lo que pertenece. Porque la diferencia está en que la solicitud no se hizo en una oficina de la Seg.Social, y eso me ha perjudicado. Reconociendo que no soy un experto y era lógico que cometiera errores, ¿ no se puede arreglar solicitándolo en tiempo y forma?
gracias

#4

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

vamos a ver, entiendo que las leyes son complejas, pero si lees simplemente la información que proporciona Seguridad Social sobre el complemento a mínimos con cónyuge a cargo, dice:
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Revalorizacion/30458#617
se entenderá que existe dependencia económica del cónyuge, cuando concurran las circunstancias siguientes:
  1. Que el cónyuge del pensionista no sea, a su vez, titular de una pensión a cargo de un régimen básico público de previsión social,

Luego en tu caso no se estaba cumpliendo este punto, y te denegaron el complemento a mínimos, tendrías que haberlos solicitado para ti solamente, o haber efectuado la renuncia previa tu cónyuge, como hizo posteriormente.
Podemos discutir si Seguridad Social debería haberte otorgado el complemento con cónyuge a NO cargo -o simplemente haberte informado de lo que era plausible- si realmente mirara por el ciudadano y no por su presupuesto, se han limitado a resolver lo que tú pedías y no tenías derecho, pues el complemento con cónyuge a cargo no procedía por no cumplir los requisitos;  la Seguridad Social no puede decidir que quita la pensión a tu esposa sin que esta renuncie explícitamente, que es lo que señalas sería la situación más favorable.

#5

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Ante todo muchas felicidades. 
Lo que dice la ley o normativa, lo he leído y lo acepto. 
Reconozco que he cometido el error de no solicitar la renuncia y el complemento a  tiempo. 
Lo que estoy solicitando no es que me den un trato al margen de la normativa. 
La ley es para todos igual (menos para el Emérito y  los Políticos).
No quiero molestar a nadie con esto,  pero es que solo estoy pidiendo que se tenga en cuenta que por la pandemia,  ha habido  muchos problemas con las citas presenciales, y algunos les hemos hecho una labor que no es propia. 
Tiene que haber algún  recurso para no penalizarme por no saber la normativa como un funcionario o haberme leído y comprendido todos los puntos. 
Si se nos condena por hacer algo que no nos corresponde,  nada estaría hoy en su puesto de trabajo. 
Para mí,  ésto es  muy sencillo... no he sabido solicitar mi jubilación,  pero  hes fácil y cuando quieren hacer algo por el ciudadano,  lo hacen. No creo que se rompa la normativa,  si subsanan  mi error con un acierto suyo. 
En fin... también hay grises
No pido perdón por una multa, ni por una agresión,  ni por cualquier delito, 
Pido que se dedique 3 minutos para estudiar porqué ha ocurrido esta situación que de haberse producido en  otro momento,  tal vez no estaría pidiendo que se corrigiese. 
No culpo a ningún funcionario,  ni a la seguridad social,  pero  ahí  tiene que haber alguien que en la medida de los acontecimientos y resultados,  corrigiese una resolución basada  en una auto solicitud que no está bien  redactada y que se ve claramente que perjudica al solicitante por el mero hecho se serlo.
Gracias por soportarme.
Un abrazo 
Attmte. ANGEL Casanova 

#6

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Hola Ángel,

Tu situación es totalmente comprensible y realmente injusta, porque en efecto las oficinas de la Seg. Social, en efecto, deberían estar disponibles para que los ciudadanos no expertos acudan y resuelvan sus dudas.

Primeramente, al no renunciar previamente la PNC de tu mujer, nunca podrías percibir el complemento a mínimos con cónyuge a cargo con efectos retroactivos, solo desde que ella renunció, como bien te ha indicado @Bacalo.

Sin embargo, como también él te ha comentado, lo que la Seg. Social quizás debería haber comprobado de oficio es reconocerte (aunque tu no lo pidieras) el complemento a mínimos de pensionista con cónyuge a no cargo. Eso es lo que puedes volver a pedir. Pero, lamentablemente, es muy probable que te lo sigan denegando (excepto que sean piadosos) porque deberías haberlo solicitado junto con la jubilación.

Y la única forma de hacer valer esa situación de justicia (porque la normativa no contempla el hecho de poder rectificar a posteriori una solicitud a pesar de que la falta de información se deba a la no disponibilidad de citas en las oficinas de la Seg. Social) si ellos no te dan la razón en vía administrativa, es la vía judicial.

Siento las malas noticias,
Mucho ánimo.

Un saludo.
#7

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Muchas gracias por vuestro tiempo.
estamos en la reclamación previa.
decidido a ir hasta el final.
haber lo que acontece, que me temo que hay pocas expectativas de que se pronuncie a mi favor.
en fin... es lo que hay
Un saludo y gracias.
#8

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Buenas noches:

Tu pensión se ha devengado legalmente.

La PNC se ha devengado legalmente, hasta la renuncia.

Después de la renuncia, tu pensión y el complemento se ha devengado legalmente.

Así pues, todo ha sido legal.

Saludos.
#9

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Seguramente el/la Juez de turno así lo dictará. 
Con mi reclamación iniciada recientemente,  quiero tener la oportunidad de exponer porque no he recibido el derecho a complemento a mínimos y cónyuge a cargo que por ley pertenece a todos aquellos que su pensión de jubilación no llega a la mínima.
La resolución se ajusta a la  legalidad. Mi abogada y yo nos ajustaremos a la legalidad ejerciendo el derecho a reclamar la reparación de la solicitud de jubilación ordinaria  mal realizada. 
Acataré la sentencia que se dicte, pero  lo que no voy a  hacer es,  quedarme impasible después de conocer la  resolución administrativa que, viendo que al solicitante le pertenecía unos complementos personales y por cónyuge a cargo, por no llegar a la pensión mínima, NO lo repara de oficio. 
Muchas gracias por todo. 
Un saludo 
#10

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Buenos días:

Le relato un caso.

Una persona estudiante fue excedente de cupo cuando estaba estudiando y tenía pedida prórroga para postergar el servicio militar.

Al ser excedente de cupo, solicitó la anulación de la prórroga y se licenciaba y no iba a cumplir el servicio militar.

Con la emoción de no cumplir el servicio militar, paso a la ventanilla para licenciarse, sin cumplir el servicio militar.

Se licenció pero tuvo que pagar una multa porque no tenia la cartilla militar puesta al día. Lo que exigía la legislación.

Pudo haber pasado primero por la ventanilla de poner al día la cartilla militar, pero no lo hizo. El responsable militar lo primero que hizo fue abrir la cartilla y con el lápiz de carpintero, que tenía en la oreja, subrayo en la cartilla ese precepto. Le puso la multa y después tener la revista al día, pasando por la ventanilla de puesta al día, procedió a conceder el licenciamiento.

Por si le sirve de precedente.

El aumento a mínimos por tener cónyuge a cargo es una extensión de la prestación o protección, por la que no se ha cotizado. Si no se quitó por su parte el impedimento, el responsable ha sido por su parte, cuando solicitó la pensión.

No se está hablando de una prestación por la que se ha cotizado, sino una extensión por la situación familiar, que estaba cubierta con otra prestación, así mismo no contributiva.

Así pues, ha estado protegido familiarmente, de acuerdo con la ley. Por lo que, no procede que se anule, por desconocimiento de ley. El desconocimiento de la ley no impide su cumplimiento.

Se ha de tener en cuenta que son prestaciones no contributivas el complemento al mínimo o la otra prestación no contributiva. Lo que es muy distinto si fuera contributiva, ya que por lo no contributivo no se ha cotizado. No es un derecho, sino una solidaridad. 


Saludos.
#11

Re: Cónyuge a cargo desde la fecha de jubilación renunciando a la no contributiva

Muchas gracias.
un saludo

os mantendré informados según acontecimientos.
muy amables.
Attmte. Ángel Casanova