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Plusvalía municipal

6 respuestas
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Plusvalía municipal
#1

Plusvalía municipal

Me ha llegado una liquidación del impuesto de plusvalía.
Quiero saber si puedo incluir en el precio de la compra el coste del IVA, gastos de registro y notario y mejoras que hice en la vivienda en la construcción, tengo las facturas.
Gracias y un saludo.
#2

Re: Plusvalía municipal

Buenos días:

En el precio de adquisición del terreno no se incluye el IVA. El IVA es un impuesto a la capacidad de adquisición. Dicho impuesto si entra en el cálculo de la ganancia o pérdida para el IRPF.

Los gastos de registro y notario, así mismo, tampoco deben incluirse ya que dichos gastos forman parte de la puesta operativa de la compra de la vivienda para su utilización y cumplen otros fines, como seguridad de la adquisición para que no se pueda vender nuevamente por el vendedor. También entran en el cálculo del IRPF.

Las mejoras son parte de la construcción y no forman parte de la adquisición del concepto del terreno.

No obstante, si la vivienda se ha tenido más de 20 años, en dicha vivienda la plusvalía municipal es CERO (0), ya que el período de generación de plusvalía susceptible de tributación son 20 años y, para estar sometida, la transmisión debe suceder dentro de ese período, puesto que es una condición exigida para su exacción o imposición.

Si se diese
 el caso , tenencia mayor de 20 años,  lo tendrás que pelear, puesto que, la mayoría de los ayuntamientos engañan en este sentido a los ciudadanos.

Saludos.
#3

Re: Plusvalía municipal

Para la determinación de la plusvalía real, el Iva y gastos de adquisición, si. Mejoras, no. Salvo mejor opinión. 
#4

Re: Plusvalía municipal

#5

Re: Plusvalía municipal

Buenos días:

Para el impuesto de la plusvalía municipal no se computan gastos o inversiones en el inmueble, pero en el impuesto fiscal de la plusvalía, a incluir en la declaración de la renta, sí se tiene en cuenta como mayor importe del coste.

Saludos
#6

Re: Plusvalía municipal

Lo mejor es remitirse directamente a la ley:
"Para constatar la inexistencia de incremento de valor, como valor de transmisión o de adquisición del terreno se tomará en cada caso el mayor de los siguientes valores, sin que a estos efectos puedan computarse los gastos o tributos que graven dichas operaciones: el que conste en el título que documente la operación o el comprobado, en su caso, por la Administración tributaria.'

Por lo tanto,.no se puede computar ningún otro gasto, solo el importe declarado en la escritura o el comprobado, en su caso, por la administración.
#8

Re: Plusvalía municipal

La sentencia está muy bien, yo también gane el pleito de una herencia de 2013. Pero creo que la consulta que originó el post no va por ahí. Es un plusvalía actual a la que hay que aplicar la legislación vigente hoy en día.