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Regularizar fiscalmente un jugador de poker

12 respuestas
Regularizar fiscalmente un jugador de poker
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#9

Re: Regularizar fiscalmente un jugador de poker

EL problema es más complejo.
El país en el que reside considera exento de impuestos lo ganado en el juego (mas o menos como España).
No tiene una sola declaración hecha .
Por supuesto los inmuebles han pagado IVA.
En principio tengo claro que no debe tributar por lo ganado fuera de España, es no residente en España (100% demostrable) y solo pasa unas 6-8 semanas al año en Madrid.
Lo que me preocupa más,dado que hablamos de cantidades fuertes es 1)No poder demostrar en el futuro la legalidad de esas ganancias 2)No poder demostrar en el futuro la procedencia de ese dinero y el derecho a la exención fiscal en el país en el que se ganó el dinero....
Vamos que aunque no haya hecho nada ilegal, si le abren una inspección esta perdido ¿Como preparamos ese supuesto?
El problema es complejo..

#10

Re: Regularizar fiscalmente un jugador de poker

No soy experto en el tema, pero tengo que discrepar cuando afirmas que en España se está exento de los premios obtenidos por el juego. Solamente lo están:

Artículo 7. Rentas exentas.
ñ. Los premios de las loterías y apuestas organizadas por la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.(Ley IRPF)

En cuanto el domicilio, se considerará que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando permanezca más de 183 días en territorio español.

Saludos.

#11

Re: Regularizar fiscalmente un jugador de poker

Hola Empty

Si, lo tengo claro.
Tienes que tener en cuenta que ese articulo en realidad es un articulo "disuasorio" para evitar determinadas exenciones indebidas.
Hay Jurisprudencia a nivel Europeo que considera exenta cualquier ganancia demostrable en juegos de cartas, siempre que se haya jugado en establecimientos legales.
La legislación española no se adapta por perjuicios estupidos.

Lo que sigo sin tener claro es como legalizarlo para evitar problemas..

#12

Re: Regularizar fiscalmente un jugador de poker

"Legalizarlo" es simplemente tenerlo correctamente declarado o acreditado, allá donde toque y de la manera que toque hacerlo.

Si es un dinero ganado legalmente en un casino de Las Vegas, supongo que el IRC algo tendrá que decir, y algún tipo de declaración habrá habido que hacer... o existirá algún certificado del casino tanto de las ganancias como de la legislación aplicable... Y supongo que aparte de algúnos fajos de billetes (para dinero de mano) el resto habrá ido a parar a alguna cuenta bancaria, y podrá acreditar "currículum"...

Yo el único problema que vería sería si se tratase de un dinero no declarado o acreditado (no legalizado) en el pais de origen, y que se pretendiese (via prescripción de los 4 años) legalizarlo-blanquearlo en España a posteriori. Pero si fueron ganancias plenamente legítimas en su dia, siendo no residente en su día... Pues felicidades a esa persona, y bienvenido a pasar su retiro a España.

Por poner un ejemplo por analogía (que no es válida a efectos legales para los impuestos, pero si para aprender). En España están exentas, y no deben declararse, ciertas ayudas familiares de sistemas de previsión social. Ayudas familiares de MUFACE, por ejemplo. Aunque no deban declararse, MUFACE envia cada año un certificado con el importe y el concepto del pago. Si algún beneficiario de esas ayudas tiene una inspección, y le preguntasen por ese ingreso que no declaró, solo hay que sacar y mostrar el certificado de MUFACE y listos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#13

Re: Regularizar fiscalmente un jugador de poker

Vaya caso cachondo!!

a) En primer lugar, disiento un pelín de lo de las exenciones al juego... desde luego en USA, el IRS obliga a declararlo en la renta... en Francia o en el Reino Unido, las ganancias en el juego están exentas SALVO cuando se trata de una actividad habitual que parece el caso de nuestro jugador... etc etc... por otra parte, el IRPF no está armonizado en la CE, así que si no se discrimina a los nacionales de los europeos, cada Estado puede someter a tributación lo que le plazca... Tal como veo la cosa, las ganancias en juego en el casino se someten a tributación por IRPF en España cuando se trata de residentes en España, lo que no parece nuestro caso. Peeeeero creo que tu amigo jugador, si es profesional, debe pagar impuestos por lo que gana.

b) Por otra parte, en el caso de residentes en España, habrá que demostrar la habitualidad para deducir gastos y pérdidas, porque si es una actividad ocasional, Hacienda obligará a declarar cada apuesta ganada, impidiendo deducir las apuestas perdidas, por "pérdidas patrimoniales no deducibles por ser debidas al juego". Gastos no deducibles ni en broma si no es "profesional"....

c) En el tema de la residencia, hay DOS criterios para establecer la residencia en un país... el de los 183 días y el del "núcleo principal de los intereses económicos"... a veces ocurre que según cada criterio, nuestro jugador de poker podría ser residente a la vez digamos en España y China, y entonces muchos convenios aplican la regla de que para decidirse por un país, se prefiere aquél en que se posea una vivienda.

d) Por lo tanto habrá que ir con ojo en cuanto a la residencia futura del jugador y dónde tributa por sus ganancias futuras... porque si tiene una vivienda a su disposición aquí, puede que ese país de residencia sea España y diría que lo van a crucificar, con muchos recuerdos para la jurisprudencia europea.... ;)

e) En cuanto a su situación actual, parece claro que es un no residente que adquiere inmuebles en España, exactamente igual que un montón de jubilados han hecho durante años. Transferencia bancaria desde su país de residencia actual, demostración de residencia allí y fin del problema... si alguna vez debe demostrar el origen de la pasta, espero que le sirva su notoriedad como jugador, y desde luego que guarde cualquier justificante de cobro de premios etc... pero insisto, ojo con la habitualidad y la imposición en su país, y ojo con la residencia futura si los inmuebles están a su disposición...

No sé si te sirve, Vinagreto... espero que sí!! Suerte! R.