diría que NO, porque estás con custodia compartida, luego la otra parte tiene derecho a la mitad del mínimo por descendientes, y entonces no se cumple el requisito:
Para tener derecho a la deducción por ascendientes separados legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos es necesario tener derecho a la totalidad del mínimo por descendientes.
a) Los contribuyentes separados legalmente con dos hijos, sin derecho a anualidades por alimentos, tienen derecho a la totalidad del mínimo cuando tengan atribuida en exclusiva la guarda y custodia de los hijos.