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Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia

3 respuestas
Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia
Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia
#1

Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia

Hola, mi duda es la siguiente: Mi padres tienen una vivienda habitual que en 1991 se compró a 180.000 eur. Ahora al fallecer mi padre, a mi madre en la aceptación de la herencia le ha correspondido el usufructo vitaliceo y a mi hermano y a mi el 50% restante del piso. El piso lo hemos valorado en el notario en 550.000 eur. Si ahora lo vendiesemos por menos de esa cantidad, es decir, con pérdidas (por ejemplo 500.000 eur), ¿tendríamos que pagar en el IRPF por el incremento patrimonial?. Muchas gracias 
#2

Re: Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia

¿Cómo vas a pagar por incremento patrimonial teniendo pérdidas? Sólo hay incremento patrimonial si vendes con ganancias.
De todas formas, lo importante no es el valor que hayáis dado en el notario sino en el I. de Sucesiones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia

Es que pensaba que la ganancia patrimonial era la diferencia entre el precio de adquisición del inmueble en su momento (180.000 eur), pero por lo que te entiendo el precio que se tiene en cuenta es el que hemos dado en la aceptación de la herencia y en el impuesto de sucesiones, es decir, 550.000 eur. ¿Es así?
#4

Re: Duda Pago IRPF por incremento patrimonial tras aceptación piso en la herencia

Sí, es así. 
Aunque también puedes añadir a esos 550.000 € los gastos inherentes a la adquisición, o sea la parte proporcional del I. de Sucesiones, el I. de Plusvalía, gastos notariales, etc.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.