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Tributación de dividendos (IRPF)

127 respuestas
Tributación de dividendos (IRPF)
3 suscriptores
Tributación de dividendos (IRPF)
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#121

Re: gastos deducibles broker

Serán deducibles si se adaptan a la normativa:

Artículo 26. Gastos deducibles y reducciones.

1. Para la determinación del rendimiento neto, se deducirán de los rendimientos íntegros exclusivamente los gastos siguientes:

a.Los gastos de administración y depósito de valores negociables. A estos efectos, se considerarán como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta.

No serán deducibles las cuantías que supongan la contraprestación de una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión, en donde se produzca una disposición de las inversiones efectuadas por cuenta de los titulares con arreglo a los mandatos conferidos por éstos.

Fuente: Ley Impuesto Renta Persona Físicas.

Saludos.

#122

Re: gastos deducibles broker

Muchas Gracias

#123

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Falso.. Las retenciones en destino no son sobre el importe íntegro sino sobre el neto (Dividendo-Retención en Origen)

#125

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

No sé si es este el lugar adecuado para exponer una duda que tengo, pues antes no había tenido acciones y por ciertas circunstancias ahora tengo algunas.
Últimamente hay empresas como BBVA, Iberdrola, etc. que dan la posibilidad de cobrar el dividendo en acciones de la empresa en lugar de efectivo. Si se venden estas acciones, ¿qué valor de adquisición habría que figurar a efectos del IRPF?:
-Valor…….0
- Valor de cotización del día que te las dan.
Si es valor cero, es mejor cobrar el dividendo en efectivo, siempre que no se llegue a los 1.500 euros que creo están exentos. ¿es así?
Gracias,

#126

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Con un ejemplo, puede que se vea más sencillo. Imaginemos que hemos comprado 100 acciones a 5 euros total pagado 500 euros el día 01.07.12. Si recibes el día 05.01.13, 10 acciones liberadas, la nueva situación sería:

110 acciones a 4,55 euros acción total 500 euros con fecha de adquisición el día 01.07.12.

Por tanto, las nuevas acciones se suman a aquellas de las que proceden y se varía su precio de adquisición para ajustar el nuevo valor.

La exención de tributación de los primeros 1.500 euros de los dividendos (siempre que las acciones se mantengan antes/después del cobro el plazo de dos meses), es correcta.

Saludos.

#127

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Entendido, muchas gracias,

Saludos.

#128

Re: Tributación de dividendos (IRPF) Caso practico

Creo que me ha quedado claro el tema, aunque me gustaria poner un caso practico, supongamos que se hayan hecho estas dos operaciones:

20-09-2012 BANCO SANTANDER Compra +1469
19-11-2012 BANCO SANTANDER Compra +1350

Banco Santander reparte un dividendo (modalidad dividendo eleccion) y me acojo a la opcion de venta de derechos al propio Banco Santander, que si no me equivoco es equivalente al cobro de dividendo en efectivo:

2. Recibir efectivo vendiendo sus derechos a BANCO SANTANDER: deberán comunicárnoslo entre el 15-01-2013 y el 24-01-2013 antes de las 17:30 horas, (con retención fiscal 21%)

Si no recuerdo mal el 'record date' era el 14-01-2013 y la fecha en la cual se abonará dividendo sera el 01-02-2013.

Los dividendos correspondientes a las 1469 acciones adquiridas el 20-09-2012 (mas de dos meses) entrarian dentro de la exencion de tributacion, pero tengo la duda respecto a las otras 1340 adquiridas el 19-11-2012. Entiendo que el computo de los dos meses se establece entre la fecha de compra y la fecha de abono, con lo cual estarian dentro del plazo superior a dos meses y estarian tambien exentas. ¿ Estoy en lo cierto ? Pues si la fecha que se toma como referencia es la record date me quedaria 'corto' por 5 dias y tendria que retener las acciones por dos meses si quisiera disfrutar de la exencion para este segundo lote.

Este caso aparte, supongamos que el segundo lote se hubiera comprado en diciembre en vez de noviembre, es decir que no entra dentro de los dos meses previos al dividendo. ¿ Es cierto como creo que a la hora de la venta de acciones se aplica una politica FIFO ? de tal manera que podria vender hasta 1469 acciones de Banco Santander y obtener todavia la exencion del dividendo sobre este lote (hasta 1500€) y demorando la venta de las otras 1350 dos meses obtener la exencion del dividendo sobre este otro lote.

Por ultimo una consulta un poco ingenua, supongamos que cobro un dividendo bruto de 400€ y me retienen aproximadamente 80€ y el total de dividendos que recibo este año es inferior a 1500€, como se 'computa' esta exencion, en la declaracion de la rente, es decir estos 80€ como me los 'devuelven' ¿ se restan del total final a pagar o devolver ?

Normalmente yo solia elegir la conversion automatica de derechos en acciones, pero ahora que las plusvalias van a sumarse a la base general y tributar segun los tipos del IRPF que en la mayor parte de los casos seran un 30/40/50% mas o menos (para plusvalias generadas a menos de un año) me da la impresion que la unica opcion logica desde el punto de vista impositivo y en estos plazos es cobrarlos en efectivo. Que alguien me corriga si me equivoco, por favor.

Gracias de antemano

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