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Deducciones por obras de accesibilidad en portal - Declaración de la Renta

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Deducciones por obras de accesibilidad en portal - Declaración de la Renta
Deducciones por obras de accesibilidad en portal - Declaración de la Renta
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Deducciones por obras de accesibilidad en portal - Declaración de la Renta

Muy buenas, a ver si me pueden informar:
Se han realizado unas obras de mejora de accesibilidad en el edificio donde vive mi padre. Las obras comenzaron en 2019, y durante el 2019 y 2020 se han ido pagando unas mensualidades. En Cantabria son gastos deducibles, hasta un límite de 1000€/año (que lo supera).

Hasta el 2021 no se ha terminado la obra, y las cantidades satisfechas en 2019 y 2020 no se han declarado aún (pues no se habían facturado todavía). Mis dudas son:
1) ¿Hay un límite máximo de tiempo para poder declararlas, a efectos de poder aplicar la deducción autonómica? ¿O habría que presentar declaraciones complementarias a los ejercicios 2019/2020, una vez que ya hay factura del contratista? (La factura creo que se ha emitido en 2021)
2) Se da la circunstancia de que en 2020 mi padre no tiene obligación de presentar declaración. Pero ¿podría deducirse en 2021 los importes satisfechos en 2020, sin haber presentado la declaración de 2020?
3) Por otra parte está el tema de la subvención recibida; se ha abonado a la Comunidad de Propietarios, y ésta nos ha dado un cheque en 2021 ¿cómo y cuando hay obligación de declararla?

Soy un mar de dudas, agradecería sus indicaciones. Gracias!
#2

Re: Deducciones por obras de accesibilidad en portal - Declaración de la Renta

¡Hola Taxer!

 1) ¿Hay un límite máximo de tiempo para poder declararlas, a efectos de poder aplicar la deducción autonómica? ¿O habría que presentar declaraciones complementarias a los ejercicios 2019/2020, una vez que ya hay factura del contratista? (La factura creo que se ha emitido en 2021)
                                                                                                                                                                                                                                                                        
En este sentido, entiendo que es en 2020 donde puede aplicar la deducción, con el límite de los 1.000€ y tienes hasta 2022 para declarar los importes restaste con sus correspondientes limites.

2) Se da la circunstancia de que en 2020 mi padre no tiene obligación de presentar declaración. Pero ¿podría deducirse en 2021 los importes satisfechos en 2020, sin haber presentado la declaración de 2020?

Si quieres aprovechar esa deducción autonómica debes declarar aunque no tengas obligación, porque se trata de una deducción limitada en el tiempo.

Podría en 2021, pero limitado a los 1000€ y si te quedara importe puedes perder oportunidades de la deducción.


3) Por otra parte está el tema de la subvención recibida; se ha abonado a la Comunidad de Propietarios, y ésta nos ha dado un cheque en 2021 ¿cómo y cuando hay obligación de declararla?

¡En 2021!

Si necesitas más ayuda te recomendamos nuestra app: TaxDown te ayudará a presentar tu declaración de forma más sencilla. :) 

Un saludo, y ¡feliz Campaña de la Renta!