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Deducción por ascendiente o cónyugue

6 respuestas
Deducción por ascendiente o cónyugue
Deducción por ascendiente o cónyugue
#1

Deducción por ascendiente o cónyugue

Buenos días a todos!

Tenía una consulta por si podríais ayudarme:
Tanto mi madre como yo colaboramos económicamente en casa y mantenemos a mi padre que actualmente no trabaja (y que cumple los requisitos de >65 años, vive en mismo domicilio y tiene rentas <8000€ y no presenta declaración con >1.800€). Mi madre paga la casa, los seguros etc. y yo pago los recibos del teléfono, luz, gas, agua etc.
Tengo entendido que para hacienda sería el cónyugue el responsable legal que mantendría económicamente a su pareja, de forma que mi madre se podría deducir eso en su declaración, sin embargo si mi madre NO presenta su declaración (porque no está obligada), podría optar yo que soy el hijo a la deducción por ascendiente ya que colaboro en pagar las facturas de la casa?

Otra duda es: en caso de que yo pueda deducirme por ascendiente al no presentar la declaración mi madre, habría algún problema en que en la declaración del año que viene sea mi madre quien se lo deduzca? es decir, si me lo deduzco yo este año significa que siempre tendré que hacerlo yo y mi madre ya no podrá los años posteriores?

Muchas gracias y un saludo!


#2

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

los requisitos para que tú puedes incluir a tu padre en la declaración para aplicar el mínimo por ascendiente son su edad, la convivencia y los niveles de renta.
Como se cumplen, puedes incluirlo. Que aportes o no al mantenimiento de la vivienda, es indiferente, no es requisito legal.
Luego está la circunstancia de que tu padre tuviera una discapacidad, cosa que no citas. En tal caso, habría una deducción por ascendiente discapacitado y otra por cónyuge discapacitado. Pero la primera tiene prioridad sobre la segunda y son incompatibles: o una u otra.
En definitiva, eres tú quien puede incluir a tu padre, tu madre no puede;  tendría que estar discapacitado tu padre y que tú no tuvieras ese derecho al mínimo por ascendiente(por no convivir con ellos, o porque tu padre presentara declaración con más de 1.800 euros pero menos de 8.000; entonces, no se podría aplicar el mínimo y deducción por ascendiente discapacitado, pero sí el de cónyuge).
#3

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

Muchísimas gracias por tu respuesta!!
Es cierto, se me olvidó añadir que mi padre también tiene una discapacidad del 53%. 
En ese caso, hay alguna diferencia entre la deducción por ascendiente y la deducción por ascendiente discapacitado? Me refiero a si el importe que te deduces es diferente o a si tiene más requisitos a cumplir o algo así... o son las dos deducciones iguales?
#4

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

en cualquier caso tienes que aplicar en principio  tú el mínimo por ascendiente y la deducción de 1.200 euros, con los datos que describes.
Para que la pudiera incluir tu madre, como he dicho, tendría que ocurrir que tú no tuvieras derecho. La cantidad es la misma, 100 euros/mes (siempre que tú cotices, cobres paro o pensión, y para tu madre sería lo mismo).
El único escenario es que tu padre presentara declaración con más de 1.800 euros netos pero menos de 8.000. Entonces tú no tendrías derecho pero tu madre sí.
Sería que les interese a tus padres presentar declaración conjunta, así se benefician del mínimo personal por discapacidad de tu padre. En tal caso, tú no podrías incluirle pero sí tu madre en la conjunta y pedir ella los 1.200 euros/año de la deducción.
Es cuestión de echar cuentas, con qué sacáis más dinero en conjunto. Incluyéndole tú, aplicas minimo y deducción. Incluyéndole tu madre en la conjunta, aplican ellos minimo personal y deducción.
#5

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

La verdad que nos traería más a cuenta que la deducción la aplicase yo, así que si puedo hacerlo sería estupendo.
Aunque ahora me ha surgido una duda con lo que comentas de estar cotizando o cobrando paro... porque en el 2020 yo cobré paro de enero a julio pero el resto del año no trabajé ni tuve más prestación de desempleo, así que yo colaboraba en los gastos de la casa con mis ahorros. Siendo así entonces no puedo aplicar esa deducción? No sabía que eso fuese un requisito... 
#6

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

el mínimo por ascendiente con discapacidad sí lo puedes aplicar porque se considera la situación de convivencia a 31/12 y no es requisito que hayas trabajado, pero  la deducción de 100 euros/mes, solo se tiene derecho los meses que hayas trabajado o percibido desempleo o pensión. Luego serían 7 meses ( 700 euros).
Pero me da que si tus únicos ingresos son el desempleo, te va a salir una cuota 0 en la declaración, sin necesidad de aplicar el mínimo de tu padre, con lo cual no lo aprovecharías. El único beneficio serían los 700 euros de la deducción que te los dan aparte.
Me queda la duda de si tu madre podría entonces aplicar la deducción los otros 5 meses, pues la deducción por cónyuge discapacitado a cargo, la ley habla de que la persona con discapacidad no genere derecho a la deducción por ascendiente discapacitado, pero no queda claro si se mide mensualmente o en cualquier momento del año.... probad a ver qué pasa.

#7

Re: Deducción por ascendiente o cónyugue

Ah vale, muchísimas gracias por la aclaración!! Probaré a ver qué sale entonces en ambos casos. Muchas gracias!!