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Dudas sobre derivación de responsabilidad en caso de empresas absorbidas - Hacienda

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Dudas sobre derivación de responsabilidad en caso de empresas absorbidas - Hacienda
Dudas sobre derivación de responsabilidad en caso de empresas absorbidas - Hacienda
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Dudas sobre derivación de responsabilidad en caso de empresas absorbidas - Hacienda

Buenas tardes a todos,

Me surge la siguiente duda, espero podáis ayudarme

Supongamos que la "Empresa A" S.A. firma un acuerdo con la "Empresa B" S.L  por el que la absorbe y la subroga en la posición del antiguo propietario en todos los derechos y obligaciones respecto a clientes y trabajadores.

Respecto a las deudas que tuviese pendientes la empresa B ¿La empresa A actuaría como un caso de sucesión (artículo 40.3 LGT) o de responsabilidad solidaria (artículo 42.1.c LGT) ?

¡Muchas gracias!