#1
Dudas sobre derivación de responsabilidad en caso de empresas absorbidas - Hacienda
Buenas tardes a todos,
Me surge la siguiente duda, espero podáis ayudarme
Me surge la siguiente duda, espero podáis ayudarme
Supongamos que la "Empresa A" S.A. firma un acuerdo con la "Empresa B" S.L por el que la absorbe y la subroga en la posición del antiguo propietario en todos los derechos y obligaciones respecto a clientes y trabajadores.
Respecto a las deudas que tuviese pendientes la empresa B ¿La empresa A actuaría como un caso de sucesión (artículo 40.3 LGT) o de responsabilidad solidaria (artículo 42.1.c LGT) ?
¡Muchas gracias!