Una faena.
Si heredas heredas no sólo los bienes sino también las deudas del fallecido. En este caso bajo ningún concepto aceptes la herencia si no es a beneficio de inventario.
El banco va a ejecutar ese aval, que cuenta como deuda adquirida por tu padre, no se descuenta de la herencia de tu hermano, no, cuenta en principio como deuda adquirida por tu padre. Esa vivienda probablemente acabe en subasta.
Para hacerte una idea yo pediría una tasación del piso (pagandola tu). A esa valoración le restaría la deuda avalada. Eso es lo que os va a quedar a repartir.
También te digo que si hay una deuda lo mejor que puede ocurrir es que vendais vosotros antes de que salga a subasta y con ese dinero saldeis la deuda pendiente, porque vais a sacar más (los pisos en subasta habitualmente se venden por un 20-30% menos del valor de tasación, aunque algunas veces se venden por más, pero es jugarselo todo a esa carta, os puede salir muy bien o muy mal).
El consejo de Juan de contratar un abogado YA me parece muy acertado porque esto desde luego es un follón.
PD: veo que esto sólo aplica al 68% del piso, es decir, que el 32% esta libre. Más follón porque entonces quien compre compra una parte de un pro indiviso. Es más difícil de vender y el precio que se consigue baja pero ojo, porque una vez comprado se puede pedir la disolución del pro indiviso, así que quien lo compre puede obligarla a vender.
Una solucion que se me ocurre es que saldes la deuda de tu hermano y a cambio te quedes con su parte del piso, así quedarias como única heredera del mismo.
Saludos