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Herencia de piso embargado

3 respuestas
Herencia de piso embargado
Herencia de piso embargado
#1

Herencia de piso embargado

Buenos días. Acaba de fallecer mi padre y llega el momento de la herencia. Somos dos hermanos. Mis padres avalaron a mi hermano con el 68% del piso y mi hermano no pago su deuda por lo que el piso tiene cargas. Mi hermano no quiere afrontar su deuda por lo que mi pregunta es, el 40% del piso libre de carga pasaría a los dos herederos o me correspondería a mí sola ya que el aval fue para mí hermano?. Veo que perderé todo por su mala gestión. 
#2

Re: Herencia de piso embargado

Me temo que el piso, como esté, con todas las cargas, pasa 50-50 a los herederos. Lo único, que al menos en su valoración a efectos de sucesiones, se descuentan esas cargas de las que debe responder.
Lo de la carga se resolverá como tenga que resolverse

Un saludo

#3

Re: Herencia de piso embargado

Lo veo complicado porque de momento no hay deuda por parte del fallecido. La deuda probablemente nazca cuando el banco ejecute el aval, si es que lo ejecuta.
Lo mejor es consultar con un abogado con toda la documentación del caso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Herencia de piso embargado

Una faena. 

Si heredas heredas no sólo los bienes sino también las deudas del fallecido. En este caso bajo ningún concepto aceptes la herencia si no es a beneficio de inventario. 

El banco va a ejecutar ese aval, que cuenta como deuda adquirida por tu padre, no se descuenta de la herencia de tu hermano, no, cuenta en principio como deuda adquirida por tu padre. Esa vivienda probablemente acabe en subasta. 

Para hacerte una idea yo pediría una tasación del piso (pagandola tu). A esa valoración le restaría la deuda avalada. Eso es lo que os va a quedar a repartir. 

También te digo que si hay una deuda lo mejor que puede ocurrir es que vendais vosotros antes de que salga a subasta y con ese dinero saldeis la deuda pendiente,  porque vais a sacar más (los pisos en subasta habitualmente se venden por un 20-30% menos del valor de tasación, aunque algunas veces se venden por más, pero es jugarselo todo a esa carta, os puede salir muy bien o muy mal). 

El consejo de Juan  de contratar un abogado YA me parece muy acertado porque esto desde luego es un follón. 

PD: veo que esto sólo aplica al 68% del piso, es decir, que el 32% esta libre. Más follón porque entonces quien compre compra una parte de un pro indiviso. Es más difícil de vender y el precio que se consigue baja pero ojo, porque una vez comprado se puede pedir la disolución del pro indiviso,  así que quien lo compre puede obligarla a vender. 

Una solucion que se me ocurre es que saldes la deuda de tu hermano y a cambio te quedes con su parte del piso, así quedarias como única heredera del mismo. 

Saludos