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Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

35 respuestas
Reclamación plusvalía municipal con pérdidas
Reclamación plusvalía municipal con pérdidas
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#1

Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Hola, os pido ayuda a quienes sepáis como hacer una reclamación al pago de la plusvalía municipal. Os cuento la situación:
Mi padres, casados en gananciales, compran una segunda vivienda en 2005 por 160.000 euros ( con prestamo hipotecario). Hace un año fallece mi padre y mi madre se queda en usufructo con esa vivienda y con lo que queda de préstamo ( 50.000  €). La vivienda a dia de hoy vale unos 40.000 €. Las pérdidas son muchas y encima queda préstamo por pagar...para colmo nos llega la carta del ayuntamiento para pagar 400€ por la plusvalía!

 Voy a hacer la reclamación y voy a poner lo que he leído en este foro acerca de la sentencia STC 26 del 2017  pero lo que no sé cómo argumentar mi caso y es para lo que os pido ayuda...que escribo..¿Qué la vivienda vale menos? Pero como lo justifico? He leído algo sobre el valor del suelo,  el valor actual lo tengo ( del IBI) pero el valor de hace 16 años ¿Como lo puedo saber? Resumiendo, como justifico yo que vale menos la vivienda. 
Muchas gracias de antemano.
#2

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Buenos días María,

El incremento de valor tienes que computarlo entre el valor de adquisición del 50% de tu padre (unos 80.000,- euros), y el valor declarado por la transmisión de ese 50% en la liquidación de la herencia.

Y son esos los dos únicos valores que la administración tendrá en cuenta para determinar si existe o no una ganancia.

En cuanto al modelo de recurso de reposición, tienes un mes para impugnarlo desde que recibes la liquidación del Ayuntamiento, y puedes poner:



INEXISTENCIA DEL HECHO IMPONIBLE OBJETO DE GRAVAMEN- NO HAY INCREMENTO DE VALOR DEL INMUEBLE TRANSMITIDO.
 
La principal controversia objeto del presente RECURSO DE REPOSICION se concreta en determinar si puede considerarse sujeta al IIVTNU una transmisión de un inmueble en la que resulta probado que no se ha producido un incremento de valor del citado inmueble durante el tiempo en el que este ha sido propiedad de la entidad transmitente.
 
En el presente supuesto considera esta parte que deben tomarse como punto de partida los siguientes hechos, los cuales pasan a acreditarse atendiendo a la documentación que se adjunta al presente escrito:
 
-          La finca cuya transmisión da lugar a la autoliquidación de IIVTNU de la que en última instancia trae causa el presente escrito, fue adquirida en fecha xxxxx mediante la escritura de compraventa  otorgada por el Notario D. RXXXXX, con nº XXXX de su protocolo, la cual se adjunta al presente escrito como Anexo nº UNO.

-          El precio por el que fue adquirida la citada finca, tal y como puede apreciarse en el OTORGAN- SEGUNDO de la escritura anteriormente identificada, fue de 2,- euros.

-          La citada finca es transmitida en fecha XXXXde 2020, por un importe total de 1,- euros, tal y como se acredita  en los modelos 650 y 660 de sucesiones autoliquidados, que se adjuntan al presente escrito como Anexo nº DOS.

-          Por tanto, tras dicha transmisión se generó una minusvalía por importe de 1,- euros.

-          Que a pesar de dicha minusvalía, se autoliquida el IIVTNU, por importe de 400?,- euros.

Cuanto antecede pone de manifiesto de forma clara e indubitada la depreciación real y efectiva del inmueble  ya que ha existido una clara MINUSVALÍA, por lo que no se da el hecho imponible objeto de gravamen, por lo que ese Ayuntamiento debe declarar la nulidad de la liquidación notificada.


Saludos,


#3

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Muchas gracias Sergiorp por haberme contestado. Te estoy muy agradecida. Ignoro mucho  estos temas y me siento perdida incluso para reflejar lo que quiero en una reclamación . Con tu modelo me  pones infinitamente más fácil la redacción de la misma. Muchas gracias de nuevo.

Y por cierto, me da hasta apuro preguntarlo  pero es que nunca he hecho una reclamación a un ayuntamiento,...¿Dónde tengo que entregar la reclamación? Porque al ayuntamiento no puedo dirigirme por las restricciones de movilidad de mi municipio.
#4

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Buenas noches:

Al heredar la vivienda y usufructo se producen dos hechos imponibles del IIVTNU, salvo error.

- Uno por fallecimiento
- Otro por el usufructo a futuro.

Para el primero puedes utilizar lo que se haya declarado por herencia de ese 50 %, quien haya heredado la nuda propiedad. 

Para el usufructo lo único se puede hacer es no constituir usufructo si es que no se ha hecho todavía escritura de la herencia, Pero si se ha hecho la parte del usufructo es difícil de eludir.

Tu madre puede vivir en la casa ya que es propietaria del 50 %. El que no viva el otro u otros propietarios es indiferente para el IRFP como segunda vivienda, ya que por vivir tu madre libera al otro u otros  propietarios de esa carga, al ser un bien indivisible.

Saludos.
#5

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Hola, gracias por r responder. 
Los movimientos que hemos hecho para esta segunda vivienda fue primero el 650 donde solo aparecía mi madre y no nosotros. Después, como queremos venderlo y así pagar el préstamo hipotecario, tuvimos que ir los hijos con mi madre al notario  a firmar y se quedó mi madre con 50% propiedad y 50% usufructo ( los 3 hermanos tenemos 16'66 % de nuda propiedad). Ha sido tras ir al notario en noviembre que ahora, en febrero, nos ha llegado la carta del ayuntamiento.¿es esto último lo que comentas que será difícil de eludir? ¿ aún teniendo esas pérdidas tan altas del valor del piso?
Un saludo y muchas gracias
#6

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Para verificar y demostrar que hay pérdidas y no procede la plusvalía, tienes que comparar el valor del suelo el año de compra (2005) con el valor del suelo el año de fallecimiento (2020). Los puedes obtener de los recibos del IBI o alternativamente de los correspondientes certificados catastrales.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Buenos días:

Las cosas son complejas.

Remito a una página en la que si hay plusvalía municipal por el usufructo.

https://basededatos.indicator.es/impuestos_locales/plusvalia_municipal_y_herencia_con_usufructo/ESACIMAR_EU15080401/related#:~:text=El%20usufructo%20se%20valora%20en,resto%20del%20valor%20del%20inmueble.

Aunque hay otras paginas que dicen que no es así.

Pero el art. 107-1,b de la LRHL tiene el siguiente texto

 <<b) En la constitución y transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio, los porcentajes anuales contenidos en el apartado 4 de este artículo se aplicarán sobre la parte del valor definido en el párrafo a) anterior que represente, respecto de aquel, el valor de los referidos derechos calculado mediante la aplicación de las normas fijadas a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.>>

El usufructo entraría a futuro, ya que se calcula de acuerdo con la edad hasta 89 años de edad y no puede exceder del 70 %.

No entro al detalle si los herederos pagan el 100 % y la madre en este caso un porcentajes adicional o se descuenta del 100 %.

Hay que distinguir que en el ISD, la parte de la madre que paga, después los herederos tienen que pagar ISD por recuperar el pleno dominio.

En la plusvalía municipal al recuperar el pleno dominio, no ocurre así. Por lo que podría deducirse que se ha debido pagar el 100 % en el caso de que haya hecho imponible, con el fallecimiento, que si hay a pérdidas no lo hay.

Pero en el caso de la plusvalía del usufructo, no hay cantidad final a comparar con la inicial, por lo que el impuesto de plusvalía es a futuro, dependiente de la edad.

Así pues, si es a futuro la plusvalía municipal por usufructo, esa es difícil de eludir, ya que es un precepto jurídico sobre valoración a futuro.

Ahora bien, la única forma de eludirlo es la siguiente:  que vuestra madre hubiese tenido menos de 69 años. Entonces puesto que, después de 20 años no hay hecho imponible, a futuro tampoco lo habría, ya que se pasaría del período impositivo.

A partir de 20 años no se produce el hecho imponible. Por lo cual, en la esperanza potencial fecha media de fallecimiento, futuro de vuestra madre no se produciría el hecho imponible por no estar sujetos los incrementos de más de 20 años. Entonces ese potencial de incremento de valor del usufructo se difumina, en el momento de la constitución del usufructo.

Así pues, si ha habido pérdidas con el fallecimiento y vuestra madre tenía menos de 69 años, en el momento de fallecimiento de vuestro padre, no hay plusvalía municipal.

El IIVTNU no está configurado para gravar de forma determinista a las familias.

Saludos. 
#8

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Gracias a tod@s, he leído todos los mensajes y voy a intentarlo. Ya os contaré lo que me dicen, si me dicen algo...
#9

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Hola,
He conseguido encontrar un recibo del año 2006 y al compararlo con uno del año pasado veo que el valor del suelo ( y  el valor de construcción y  catastral) han subido cada año hasta el 2011 y desde entonces no ha variado.
Pero por otro lado he encontrado los datos estadísticos del precio medio por metro cuadrado de suelo urbano por  comunidades autónomas y de España y  veo que han bajado del 2006 hasta ahora. ¿Por qué no coinciden si los dos se refieren al precio metro cuadrado del suelo urbano?



#10

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Lo mejor es que obtengas el valor fiscal para el I. de Sucesiones a fecha de fallecimiento y lo compares con el de adquisición (160.000 €).

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Hola, 
Escribo para contaros que después de poner el recurso de reposición en el ayuntamiento a finales de febrero, ayer me notificaron que me devolvian la plusvalía que nos habían cobrado.
Muchísimas gracias a todos por vuestra ayuda. 
#12

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Buenos días:

Sería muy interesante que expusieras la  motivación por la cuál te lo devuelven. Así podría servir para otras personas.

Saludos.
#13

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Si, claro. 
Yo realicé un recurso de reposición basado en el escrito que puso más arriba sergiop, exponiendo también las sentencias que encontré donde dicen que si hay pérdidas no se debe cobrar plusvalía:
El Tribunal Supremo, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, dictó Sentencia núm. 1163/2018 en la que fija los criterios interpretativos sobre los artículos 107.1, 107.2a) y 110.4 del TRLHL a la luz de la STC 59/2017. Dichos criterios facilitan que los obligados tributarios puedan probar la inexistencia de un aumento de valor del terreno ante la Administración Municipal.

Y me responden:
Vista la escritura de compraventa en que se documentó e título previo, acreditativa de la inexistencia de aumento de valor, y realizadas por esta Administración las oportunas comprobaciones con los medios admitidos en la normativa tributaria, procede anular la liquidación XXXXXXX de Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por importe de 368,32 euros y acordar la devolución de ingresos indebidos por dicho importe mediante el ingreso en la cuenta XXXX.

Espero que sea de ayuda a otras personas con un caso similar al mío.
Gracias de nuevo por vuestra gran ayuda,
#14

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Buenas tardes:

Muchas gracias, pues así otros contribuyentes saben que la escritura es suficiente para anular la plusvalía ficticia, en caso de pérdidas.

Saludos
#15

Re: Reclamación plusvalía municipal con pérdidas

Hola Jesúsm1 :

 Mi caso es un poco especial. 
Compré hace veinte años una parcela por 55.000 eur para hacer un chalet. 
Empecé la construcción y me gasté entre unas cosas y otras 150.000 eur  en las obras y 15.000 eur en gastos de urbanización de la calle. Por circunstancias sobrevenidas se tuvo que interrumpir la obra y quedó a medias. Ahora he vendido la parcela tal como está, con lo que hay hecho, por 180.000 eur. Haciendo cuentas he perdido dinero. 
En esos veinte años lo que es el terreno pelado sí que ha subido de valor, no lo discuto, pero es que yo no lo he vendido pelado sino con construcciones que me han costado mucho, y al final el resultado es una pérdida patrimonial importante y, por tanto, me fastidia tener que pagar la plusvalía municipal. 
 
Con el IRPF está claro que puedo declarar disminución de patrimonio pero con esto de la plusvalía municipal no sé qué hacer. 
 
Buscando en Internet he encontrado un caso similar, STS 570/2019 de 25/04/2019 ( se puede bajar la sentencia de la página web del CENDOJ ) y tras leer la sentencia me temo que me tocará pagar la dichosa plusvalía. 
 
¿ Me podrías aportar alguna información o sugerencia ? 
 
Quizás puedo pagar el impuesto y después algún despacho de abogados vea posibilidades de solicitar devolución de ingresos indebidos y se pueda hacer la reclamación tipo “quota litis” de forma que si consigue que el Ayuntamiento devuelva el dinero el abogado cobra un porcentaje de lo recuperado y si no consigue nada pues entonces no cobra nada. 
 
En fin, agradecería alguna sugerencia. No sé qué hacer. 

Gracias.