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AEDE problema con hacienda

9 respuestas
AEDE problema con hacienda
AEDE problema con hacienda
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#9

Re: AEDE problema con hacienda

El requisito para poder obtener la ayuda autonómica fundamentalmente es firmar el préstamo convenido de VPO. Pero el préstamo lo puedes firmar en Julio de 2009, posteriormente se pide esta ayuda y me la conceden en diciembre de 2009. Pero de ahí al pago, según la generalitat es entre 1 y 2 años.

De ahí mis dudas si debo declararla ahora en 2009 aunque me la paguen en 2011, cosa que no me extrañaría nada. Esta ayuda no es como la de la AEDE que te la dan en el momento de la firma.

En el documento de concesión tampoco especifica la fecha de pago, pero como digo suele tardar más de 1 año en pagarse.

#10

Re: AEDE problema con hacienda

A ver, en mi caso esto dicen las condiciones de la AEDE:

"Ayuda Estatal Directa a la Entrada consiste en una cantidad que se abona mediante un pago único por la entidad que haya concedido dicho préstamo convenido. La cuantía de las ayudas dependerá en cualquier caso de las circunstancias familiares del solicitante".

•Haber obtenido un Préstamo Convenido.

•Para acceder a la AEDE, el Préstamo Convenido debe suponer, al menos, el 60% del precio total de la vivienda.

•Cumplir las condiciones para el “primer acceso a la vivienda en propiedad”:
- Los ingresos familiares no pueden exceder de 3,5 veces el IPREM.

- No tener o haber tenido vivienda en propiedad, o en caso contrario, que su valor no exceda, según el ITP, del 25% del precio máximo total de venta de la vivienda protegida.

Limitaciones

•Obtenida la ayuda estatal directa a la entrada, la amortización anticipada parcial o total del préstamo antes de haber transcurrido los cinco primeros años del período de amortización conllevará el reintegro de la subvención, con los intereses de demora desde su percepción.
Tramitación

En la actualidad, sólo podrán solicitar la Subsidiación del Préstamo Convenido y la Ayuda Estatal Directa a la Entrada aquellos adquirentes que se hayan subrogado al Préstamo Convenido regulado por el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, que le haya sido concedido al promotor."

Con lo cual... si la concesion esta sujeta a la concesion del prestamo de al menos un 60% esta claro que yo lo debo declarar en el año en el que cumplo todas las condiciones... y eso es el 2009 q es cuando se me concede el prestamo...

Muchas gracias por la ayuda. Me he quitado un peso de encima... Es todo tan relativo... si me quedo con lo q dice la chica de hacienda ahora estaria pagando unos 3000 euros sin contar la multa...

Gracias otra vez.