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Modificación legal referida a los nuevos libros registros en el IRPF

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Modificación legal referida a los nuevos libros registros en el IRPF
Modificación legal referida a los nuevos libros registros en el IRPF
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Modificación legal referida a los nuevos libros registros en el IRPF

Buenos días compañeros,

Llevo unas cuantas contabilidades en regimen de recargo de equivalencia en estimación directa normal.

Al parecer, ahora, y debido a una modificación legal referida a los nuevos libros registros en el IRPF (por si la desea consultar,

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-10487&p=20190717&tn=1#a2

estamos obligados a detallar las partidas de IVA soportado y repercutido que sean coste o ingreso en todas las actividades del régimen de estimación directa (farmacias entre otros).

Si bien esta obligación entró en vigor el día 01/01/2020 y será aplicable "a las anotaciones registrales correspondientes al Ejercicio 2020.

He hecho esta consulta a gestoría y consultorías y creo que soy la única que aplico esta regla, la cual conlleva mucho mas trabajo.

Alguien me podría decir si también está aplicando esta nueva ley del IRPF en la contabilización de sus factura de ingreso y gasto?

Gracias.