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Impuesto de Sucesiones en Castilla y León

2 respuestas
Impuesto de Sucesiones en Castilla y León
Impuesto de Sucesiones en Castilla y León
#1

Impuesto de Sucesiones en Castilla y León

 
En 2015 falleció mi padre, residente en Castilla y León y liquidamos el correspondiente Impuesto de Sucesiones aplicando una reducción por parentesco de 60.000 € y otra por permanencia en vivienda habitual por 122.606,47 €, esta última reducción conlleva la no venta de la citada vivienda en un periodo de 10 años (Ley 29/1987). 

Surge la duda de como afecta lo indicado en el Decreto Legislativo 1/2013 de 12 de septiembre en el que se menciona una deducción de hasta 400.000 €. El impuesto se liquidó sin aplicar este supuesto y de haber sido aplicado asumiría con creces el caudal hereditario. 

Ahora aparece la necesidad de proceder a la venta de la citada vivienda y no sabemos si hay alguna forma de acogernos a la deducción de los 400.000 € y no tener en cuenta la aplicada por permanencia en vivienda habitual o si por el contrario se tendría que pagar la penalización correspondiente por incumplir el periodo de 10 años. 

Por otro lado, me gustaría saber como afecta la prescripción del Impuesto (4 años) a la citada reducción por permanencia en vivienda habitual. Como se liquidó en 2015 ¿se consideraría prescrito el Impuesto? ¿la prescripción va ligada a la deducción por permanencia en vivienda habitual? ¿prescribiría a los 10 años? 

 

Saludos 
#2

Re: Impuesto de Sucesiones en Castilla y León

 
Hola. 

En primer lugar, si cree que tiene derecho a lo indicado en el art. 13.c) del Decreto Legislativo 1/2013 de 12 de septiembre (el de los 400.000 euros), aplíquelo mediante una liquidación complementaria. 

Si hubo cuota a ingresar y no ha precrito el impuesto podrían pedir una devolución de ingresos indebidos. 

Respecto a la prescripción (4 años + 6 meses), al no indicar fecha de fallecimiento no puedo definirme. 

En cuanto al tema de la venta de la vivienda habitual que según usted tiene un periodo de permanencia de 10 años, puede hacer el siguiente supuesto para la posible complementaria: 

-          Calcule como queda el impuesto con la posible aplicación de la norma que contempla los 400.000 euros. 
-          Si les favorece especialmente, podrían renunciar al beneficio fiscal de la vivienda habitual que está “trabada” por los diez años y quedaría libre para su venta. 

Por último, las consideraciones que hace conectando prescripción y poder vender la vivienda no son correctas. La prescripción, en este caso, empezaría a contar desde el momento en que se incumple el requisito de permanencia, es decir, desde la fecha de venta. 

 

Un saludo. 
#3

Re: Impuesto de Sucesiones en Castilla y León

Lo que tenéis que hacer es solicitar la rectificación de la liquidación aplicando la reducción de los 400.000 y quitando la de vivienda habitual, y que os devuelvan lo que proceda.  Ah, y rápido que puede que esté a punto de prescribir la liquidación que hicisteis, si han pasado mas de 4 años de su presentación, ya no se puede rectificar.

De esa manera, ya podéis vender la vivienda y al mismo tiempo recuperareis el impuesto pagado de mas.
Al día siguiente ya la podéis vender, la devolución tardará supongo unos añitos.
Lo de la deducción de vivienda, como ya te han dicho, no empieza a prescribir hasta que empieza su incumplimiento, sería poco lógico que te obliguen a mantenerla 10 años y luego, a los 4 ya prescriba y no te lo puedan reclamar...

Un saludo