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Valores homogéneos
Hola,
Estoy casado en régimen de bienes gananciales. Tiempo después de casarnos abrí una cuenta en un bróker (ING) siendo yo el único titular, y posteriormente abrí otra cuenta en otro bróker (Clicktrade) siendo titulares de dicha cuenta mi mujer y yo.
Leyendo las instrucciones de la herramienta "Cartera" de la AET, en Valores homogéneos, dice lo siguiente: "No se consideran valores homogéneos los suscritos por un mismo contribuyente como titular único y aquellos otros cuya titularidad se comparte con otras personas. A título de ejemplo, no se consideran valores homogéneos las acciones cuya titularidad corresponde al 100% al contribuyente y las acciones de la misma entidad de las que sea copropietario al 50% con su cónyuge."
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Cartera_de_valores/_Ayuda_Cartera_de_valores/2__VALORES_HOMOGENEOS/2__VALORES_HOMOGENEOS.html
Este año tengo unas plusvalías por la venta de acciones que me gustaría compensarlas vendiendo otras acciones en las que tengo grandes pérdidas. Leyendo lo indicado arriba por la AET ¿Podría vender las acciones de Telefónica con fuertes pérdidas en la cartera que yo soy el único titular e inmediatamente comprar el mismo número de acciones en la cartera en la que mi mujer y yo somos titulares para compensar las plusvalías? Dicho de otro modo, aplicaría aquí el método FIFO. Añado que en los dos meses anteriores a esta fecha no he comprado ni vendido ninguna acción de Telefónica.
Gracias.
Estoy casado en régimen de bienes gananciales. Tiempo después de casarnos abrí una cuenta en un bróker (ING) siendo yo el único titular, y posteriormente abrí otra cuenta en otro bróker (Clicktrade) siendo titulares de dicha cuenta mi mujer y yo.
Leyendo las instrucciones de la herramienta "Cartera" de la AET, en Valores homogéneos, dice lo siguiente: "No se consideran valores homogéneos los suscritos por un mismo contribuyente como titular único y aquellos otros cuya titularidad se comparte con otras personas. A título de ejemplo, no se consideran valores homogéneos las acciones cuya titularidad corresponde al 100% al contribuyente y las acciones de la misma entidad de las que sea copropietario al 50% con su cónyuge."
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Cartera_de_valores/_Ayuda_Cartera_de_valores/2__VALORES_HOMOGENEOS/2__VALORES_HOMOGENEOS.html
Este año tengo unas plusvalías por la venta de acciones que me gustaría compensarlas vendiendo otras acciones en las que tengo grandes pérdidas. Leyendo lo indicado arriba por la AET ¿Podría vender las acciones de Telefónica con fuertes pérdidas en la cartera que yo soy el único titular e inmediatamente comprar el mismo número de acciones en la cartera en la que mi mujer y yo somos titulares para compensar las plusvalías? Dicho de otro modo, aplicaría aquí el método FIFO. Añado que en los dos meses anteriores a esta fecha no he comprado ni vendido ninguna acción de Telefónica.
Gracias.