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#17
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#18
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#19
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#20
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
De hecho incluso si lees este documento la parte final del https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/19/CriteriosdelDepartamentodeConductadeMercadoyReclamaciones.pdf
Pone bien claro en el epígrafe 9 cuando se deben de hacer las disposiciones, claramente en el caso de sepelio, y gastos normales de vivienda, no disposiciones para beneficio de uno. Deberia ser un acuerdo firmado por las herederas y con seguimiento por el banco.
Es más, te digo, que se entrego certificados de saldos pedidos por 1 heredero pero yo no firme documento alguno para esa tramitación de testamentaria, lo cual es algo raro, entiendo?
Y lo de Bankia es de pelotas, acredito mi condición y no me dan información de movimientos, que tienen que desplazarse mis apoderados, dado que vivo fuera de España
Pone bien claro en el epígrafe 9 cuando se deben de hacer las disposiciones, claramente en el caso de sepelio, y gastos normales de vivienda, no disposiciones para beneficio de uno. Deberia ser un acuerdo firmado por las herederas y con seguimiento por el banco.
Es más, te digo, que se entrego certificados de saldos pedidos por 1 heredero pero yo no firme documento alguno para esa tramitación de testamentaria, lo cual es algo raro, entiendo?
Y lo de Bankia es de pelotas, acredito mi condición y no me dan información de movimientos, que tienen que desplazarse mis apoderados, dado que vivo fuera de España
#21
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
En teoría, el banco debe bloquear la cuenta y como dices, solo autorizar determinados movimientos, pero muchas veces la gente saca el dinero antes de comunicar el fallecimiento al banco.
Pedir el certificado de saldos es una cosa, cualquier heredero por su cuenta puede hacerlo, y otra tramitar la testamentaría, que es básicamente repartir el dinero, eso no lo pueden hacer sin la firma de todos.
Pedir el certificado de saldos es una cosa, cualquier heredero por su cuenta puede hacerlo, y otra tramitar la testamentaría, que es básicamente repartir el dinero, eso no lo pueden hacer sin la firma de todos.
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Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
Pues despues de presentar documentos, hace como 3 dias que he solicitado listado de movimientos, y no me han respondido. He entregado testamento, certificados de voluntades, y de defunción, no se si estan averiguando las disposiciones realizadas, me suena raro todo eso, siendo cliente del banco, y estoy en mi derecho de pedir ese listado. Se que uno de los herederos pidio certificado de saldos al banco, pero no supe mas desde hace 20 dias.
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Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#24
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#25
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
En la adjudicación se reparten los saldos y bienes existentes en el momento del fallecimiento, si luego no coinciden, se tendrán que hacer las compensaciones que procedan, según la causa de esa diferencia, es decir, según a quién le correspondía pagar esos gastos que se han restado, los tendrá que reponer al saldo o abonarlos al beneficiario previsto.
En cuanto al banco, repartirá lo que quede a quién ponga en el testamento, lo mismo le da que sea lo mismo que en el fallecimiento, que no.
En cuanto al banco, repartirá lo que quede a quién ponga en el testamento, lo mismo le da que sea lo mismo que en el fallecimiento, que no.
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Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
#27
Re: Disposiciones cuenta después fallecimiento - Herencia
No, en la escritura por los saldos a fecha de fallecimiento, o incluso sin mencionar las cuentas bancarias si no hace falta.
Lo normal es que esa compensación se haga fuera de ella, se hace un cálculo y ya está, si hay buena fe y entendimiento, no debería haber problemas.
Si por ejemplo se han ido cobrando gastos de las viviendas y son comunes a todos los herederos, simplemente se reparte lo que quede. Lo de las compensaciones sería en caso de que esos gastos correspondan a solo alguno de los herederos.
Lo normal es que esa compensación se haga fuera de ella, se hace un cálculo y ya está, si hay buena fe y entendimiento, no debería haber problemas.
Si por ejemplo se han ido cobrando gastos de las viviendas y son comunes a todos los herederos, simplemente se reparte lo que quede. Lo de las compensaciones sería en caso de que esos gastos correspondan a solo alguno de los herederos.
#28