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Pago sanción retraso presentación 303

1 respuesta
Pago sanción retraso presentación 303
Pago sanción retraso presentación 303
#1

Pago sanción retraso presentación 303

Hola.

Hace unos días recibí una notificación de hacienda por la cual se me impone una multa de 100€ (75€ con reducción) por retrasarme 8 días en la presentación del primer trimestre del IVA.

Puedo estar de acuerdo o no, pero la ley es la ley, es cierto que se me pasó y por tanto acepto la sanción.

Ahora bien quiero pagarla y dar el asunto por finalizado pero no tengo claro los pasos para ello, y que me atiendan por teléfono o cita previa es imposible.

Cuando busco en Internet los pasos para pagar una sanción en hacienda acabo en la siguiente página de ayuda de hacienda

En primer lugar no tengo claro el modelo a elegir. Supongo que será el modelo 002 o el 012 (resido en Bilbao)

Posteriormente en dicha página de ayuda se indica que una vez realizada la operación y obtenido el NRC como respuesta no es necesario presentar ningún otro documento.

Pero cuando entro en la opción "Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT" Me abre una ventana donde pone:

Y aunque le diga que no quiere presentar recurso en la siguiente ventana me indica la opción de ingresar un documento.


No se si es aquí donde debo ingresar el documento de pago mediante 204, o el 233..

Como veis ando perdido. ¿Alguien me puede ayudar? Muchas gracias.
#2

Re: Pago sanción retraso presentación 303

Buenas Positivos.
Vista la fecha de tu mensaje y que el plazo acabó el 20 de julio, me sorprende sospechosamente la eficacia y rapidez de la Administración en reclamar sanciones, pero bueno ...
A mí me llegará algo parecido a lo tuyo. Si en vez de presentar voluntariamente fuera de plazo el 303 trimestral, nos lo hubiese requerido la Administración, entonces la sanción hubiese sido 200€ reducibles en un 25%.
No te puedo ayudar todavía en lo que consultas, pero sí te puedo decir que compruebes si el Acuerdo que has recibido es de Iniciación del Expediente. Entiendo que tienes que esperar el Acuerdo de Sanción, y muy posiblemente ahí te explicará lo que ahora consultas.

Tengo intención de iniciar un nuevo hilo para conocer si se pueden evitar mis 3 Autoliquidaciones trimestrales 303 Sin Actividad más el Resumen Anual, que tengo que hacer todos los años. Resulta que no soy empresario ni profesional, y sólo hago una factura al año por alquiler de una finca rústica.
Me parece que en casos como el mío, la Administración debería habilitar un procedimiento para evitarme tanta burocrácia y la posibilidad (realidad en este trimestre) de olvidar autoliquidar en plazo y tener que pagar sanción.

Espero haberte ayudado en algo.
Saludos.