Re: ¿Se pueden desgravar los pagos de consultas legales a sindicatos
Re: ¿Se pueden desgravar los pagos de consultas legales a sindicatos
A ver, es casi una tontería, porque es una cifra ridícula, pero puestos a poderse desgravar, pues este asunto me resulta interesante. Además, este es el año de los despedidos...
A ver, yo acudí al smac, que es paso previo pero imprescindible para comenzar un litigio. A su vez, acudí a un abogado laboralista, pues no puedo presentarme ante el smac sin saber que hay y que no hay. Sólo fue una consulta sobre una duda concreta, pero...
Evidentemente y como comienzas tu contestación, tienes razón, cabe indicar "en mi opinión". Ahora bien, ¿no cabe una interpretación en contra?.
Se que es muy cogido por los pelos el razonamiento, pero ahí lo dejo para su discusión.
Re: ¿Se pueden desgravar los pagos de consultas legales a sindicatos
Justo en tu razonamiento tienes la respuesta. Ante el SMAC puedes presentarte tu directamente, sin necesidad de actuar mediante procurador ni abogado. Si usas servicios letrados, es a tu conveniencia. En cambio para los asuntos propiamente litigosos es obligada la actuación mediante letrados.
La desgrabación se fundamenta en esto, si es un gasto "a tu conveniencia" (como un mero asesoramiento legal), no es deducible. Si es un gasto obligado para obtener los rendimientos, sí es deducible.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
Re: ¿Se pueden desgravar los pagos de consultas legales a sindicatos
Re: ¿Se pueden desgravar los pagos de consultas legales a sindicatos
Puesto que acudir al smac es obligatorio antes de demandar ante el juzgado, aunque hayas llegado a un acuerdo en el smac, si es deducible, al menos así me lo confirmaron en la aeat, lo que no es deducible es el gasto por consulta si el abogado no asumió la redacción de la papeleta de conciliación y no te acompañó