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Exención venta vivienda habitual

8 respuestas
Exención venta vivienda habitual
Exención venta vivienda habitual
#1

Exención venta vivienda habitual

He leído que si compro una vivienda y vendo la mia antes de pasar dos años, podré estar exento del pago de las ganancias patrimoniales si dedicó el dinero denla venta a la reinversión en la segunda vivienda, es así?

Y otra duda que me surge, ha e falta que me empadrone en la vivienda adquirida antes de vender mi vivienda? Es decir, a efectos fiscales es mejor cambiar el empadronamiento antes de vender la vivienda o justo después de la venta?

Gracias
#2

Re: Exención venta vivienda habitual

Buenas Pedro,

La exención en la reinversion de las ganancias por la transmisión de vivienda se produce cuando lo que transmites es tu vivienda habitual, y reinviertes las ganancias patrimoniales obtenidas en la compra de una nueva vivienda habitual, no de una segunda vivienda. 
Te dejo un enlace que lo explica bastante bien, plazos, concepto de vivienda habitual, etc. 

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Exencion_por_reinversion_de_la_vivienda_habitual.shtml

Saludos
#3

Re: Exención venta vivienda habitual

Si, pero, si compre mi segunda vivienda hace un año, que es la que va a ser ahora mi vivienda habitual, y vendo mi actual vivienda habitual, había leído en algún foro fiscal que aunque la venta la haya realizado después de la compra, el plazo de dos años para poder estar exento también vale al revés, es decir, haber comprado la nueva vivienda habitual y luego vender la anterior vivienda antes de de años.

De ser así asi, mi duda es, que se debe hacer, empadronarse en la vivienda adquirida para que pase a ser vivienda habitual antes de la venta de la anterior, o vender la anterior y luego empadronarse en la nueva vivienda habitual?

Otra duda, en Hacienda resuelven dudas de estas por teléfono?
Gracias por las respuestas
#4

Re: Exención venta vivienda habitual

Efectivamente Pedro 33, si compraste la vivienda que va a ser tu nueva vivienda habitual, dos años antes de la venta de la actual, estarías exento por reinversión en vivienda habitual, igualmente. Para que hacienda considere que una vivienda es habitual, no lo hace por el hecho de estar empadronado sino por vivir como mínimo durante tres años seguidos en la vivienda.
#5

Re: Exención venta vivienda habitual

Ok, no decías entendí del enunciado que fuera a ser tu vivienda habitual.
En ese caso sí, la ganancia patrimonial estaría exenta por reinversion en vivienda habitual. 
En cuanto al empadronamiento, le dará el carácter de vivienda habitual el haber vivido (o que vayas a vivir) de manera efectiva durante tres años o más en ella, así que puedes empadronarte cuando quieras. 
Saludos
#6

Re: Exención venta vivienda habitual

El tema de las dudas a las preguntas en el número de Hacienda puede ser un mundo. Para la campaña de renta contratan a mucha gente de becarios y he visto de todo, tanto auténticos futuros profesionales que Dan una respuesta súper completa, como respuestas para echarse las manos a la cabeza. 
Entonces la respuesta seria sí, las responden, pero cuando se enquistan un poco más de la cuenta yo personalmente no me fiaría. 
A veces es mucho más rentable buscar un asesor fiscal dependiendo del asunto a consultar. 
Saludos 
#7

Re: Exención venta vivienda habitual

Muchísimas gracias a todos. Mi gran duda era esa, si esperarme un mes que falta para vender mi vivienda habitual (me voy de traslado dentro de 15 días) para hacer el cambio de empadronamiento una vez vendida. Pero si el concepto de vivienda habitual no depende del empadronamiento, me quedo más tranquilo, y ya me cambiaré estos días.
Gracias a todos por las respuestas.
Saludos
#8

Re: Exención venta vivienda habitual

Debes cambiar el empadronamiento cuando te mudes, ni antes ni después, ya que además de ser lo adecuado, es lo lógico. 
A efectos de la exención de la renta también es lo adecuado, vives en el antiguo hasta que te cambias al nuevo, no entiendo donde está la duda.

Un saludo

#9

Re: Exención venta vivienda habitual

Estoy con Leopol72, lo importante a efectos de la exención de la ganancia patrimonial es que en un plazo de dos años desde la venta de la vivienda habitual hayas reinvertido dicho importe en la nueva vivienda habitual, ni más ni menos. Si lo has hecho, pero el empadronamiento es posterior a los dos años no va a influir en la exención de la ganancia, siempre y cuando sea vivienda habitual porque estás viviendo de manera efectiva en ella dentro de ese plazo.

Saludos.