#1
Cálculo valor de adquisición a efectos de IRPF
Hola a todos, espero me podais ayudar, ahí va mi consulta:
En relación a la amortización de los rendimientos de capital inmobiliario, necesito calcular el valor de adquisición de la vivienda, pero tengo algunas dudas.
La vivienda fue adquirida de la siguiente manera:
1. En 2003 el contribuyente adquiere un 50% por compraventa. Usa financiación ajena y yo entiendo que el valor de adquisición sería:
- El importe real de la compraventa: Bueno aquí creo que no queda otra que poner el valor declarado en la escritura pública y por ende en los impuestos; porque en realidad el importe real fue superior al consignado en la citada escritura. ¿estoy en lo correcto?.
- En cuanto a los gastos inherentes a la adquisición: Notaría, agencia inmobiliaria, Registro e Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, NO incluyo los gastos y tributos de la formalización del préstamos hipotecario, ¿estoy en lo correcto?.
Pongamos números:
- Valor escriturado (que no el importe real): 60000
- Impuesto de Transmisiones: 2000
- Notaría: 300
- Agencia Inmobiliaria: 1500
TOTAL VALOR DE ADQUISICIÓN: 60000+2000+300+1500=63800, de los cuales el 50% del contribuyente sería 31900
2. En 2005, el contribuyente adquiere el otro 50% de la vivienda mediante la extinción del condominio.
- El Importe real del exceso de adjudicación: aquí estamos igual que antes en la escritura se valora la vivienda en 78000 (no se porqué la diferencia cuando en 2003 se valoró en 60000), sin embargo el contribuyente por el exceso de adjudicación sólo paga al otro propietario (ahora expropietario) la cantidad de 20000 (porque es el acuerdo a que llegan), evidentemente el contribuyente que se queda con el 100% de la vivienda, se subroga en la parte pendiente del préstamo hipotecario. Bien, si tomamos esos 78000€, el 50% adquirido serían 39000.
- Notaría: 800
- Impuesto de Transmisiones: 700
- Registro: 200
En este caso, los gastos de notaría, impuesto de transmisiones y Registro, los asumo en su totalidad el contribuyente que se adjudica el 50% en la extinción del condominio, por eso los computo en su totalidad.
Vuelvo a no computar para el valor de adquisición, los gastos relacionados con la subrogación y ampliación de la financiación ajena.
TOTAL: 39000+800+700+200= 40700€
En definitiva, según yo veo el valor de adquisición de esta vivienda estaría formado por: 31900 (de la adquisición del 50% por compraventa)+40700 (de la adquisición del otro 50% por extinción del condominio)= 72600
Y eso es todo, a ver que os parece
Muchas gracias de antemano.
En relación a la amortización de los rendimientos de capital inmobiliario, necesito calcular el valor de adquisición de la vivienda, pero tengo algunas dudas.
La vivienda fue adquirida de la siguiente manera:
1. En 2003 el contribuyente adquiere un 50% por compraventa. Usa financiación ajena y yo entiendo que el valor de adquisición sería:
- El importe real de la compraventa: Bueno aquí creo que no queda otra que poner el valor declarado en la escritura pública y por ende en los impuestos; porque en realidad el importe real fue superior al consignado en la citada escritura. ¿estoy en lo correcto?.
- En cuanto a los gastos inherentes a la adquisición: Notaría, agencia inmobiliaria, Registro e Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, NO incluyo los gastos y tributos de la formalización del préstamos hipotecario, ¿estoy en lo correcto?.
Pongamos números:
- Valor escriturado (que no el importe real): 60000
- Impuesto de Transmisiones: 2000
- Notaría: 300
- Agencia Inmobiliaria: 1500
TOTAL VALOR DE ADQUISICIÓN: 60000+2000+300+1500=63800, de los cuales el 50% del contribuyente sería 31900
2. En 2005, el contribuyente adquiere el otro 50% de la vivienda mediante la extinción del condominio.
- El Importe real del exceso de adjudicación: aquí estamos igual que antes en la escritura se valora la vivienda en 78000 (no se porqué la diferencia cuando en 2003 se valoró en 60000), sin embargo el contribuyente por el exceso de adjudicación sólo paga al otro propietario (ahora expropietario) la cantidad de 20000 (porque es el acuerdo a que llegan), evidentemente el contribuyente que se queda con el 100% de la vivienda, se subroga en la parte pendiente del préstamo hipotecario. Bien, si tomamos esos 78000€, el 50% adquirido serían 39000.
- Notaría: 800
- Impuesto de Transmisiones: 700
- Registro: 200
En este caso, los gastos de notaría, impuesto de transmisiones y Registro, los asumo en su totalidad el contribuyente que se adjudica el 50% en la extinción del condominio, por eso los computo en su totalidad.
Vuelvo a no computar para el valor de adquisición, los gastos relacionados con la subrogación y ampliación de la financiación ajena.
TOTAL: 39000+800+700+200= 40700€
En definitiva, según yo veo el valor de adquisición de esta vivienda estaría formado por: 31900 (de la adquisición del 50% por compraventa)+40700 (de la adquisición del otro 50% por extinción del condominio)= 72600
Y eso es todo, a ver que os parece
Muchas gracias de antemano.