No tienes que presentar complementaria porque, como la propia palabra indica, ésta se presenta para complementar a otra, y tú no han presentado ninguna.
Lo que puedes hacer es presentar la renta de 2018 con la totalidad de los datos económicos de ese año: los que venían en el borrador del 18 y los atrasos que vienen en los datos fiscales del 19.
Pero ten en cuenta una cosa: como vas a presentar esa declaración fuera de plazo, automáticamente te va a salir un recargo de 75 euros, una "multa" por hacerla 1 año después.
Para que te la quiten, tendrás que justificar que no te ingresaron esos atrasos (que no supiste de la existencia de esos ingresos) hasta, como mínimo, julio de 2019. Porque, si los cobraste antes, podías haber hecho la renta en plazo y, por tanto, el recargo es correcto, y tendrías que pagar más de lo que vas a cobrar.