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Dudas declaración renta

7 respuestas
Dudas declaración renta
Dudas declaración renta
#1

Dudas declaración renta

Buenas noches,

Al ayudar a mi madre con la declaración de la renta y hacer la de mi padre, fallecido el año pasado, tengo las siguientes dudas:

1) En el caso de mi padre, falleció el 30/11/2019 y NO cobró la mensualidad de su pensión de jubilación de diciembre. No obstante, en el certificado de rentas de 2019 sí le viene y en sus datos de la renta aparece esa mensualidad incluida. ¿Qué debo hacer, solicitar uno corregido al INSS y que ellos manden los datos corregidos?

2) En la declaración de la renta de mi padre figura su fecha de fallecimiento a 30/11/2019, pero en sus datos aparece como que la vivienda la utilizó como vivienda habitual 365 días, ¿debería cambiarla y poner 334 días o como no tributa por ella es indiferente?

3) En el caso de mi madre cobró la mensualidad de diciembre de su pensión de viudedad en enero, junto con la mensualidad de enero, así que no le figura en el certificado de rentas de 2019. Como le descontaron algo más de 200 euros de IRPF queremos hacer la declaración, pero no le aparece en sus datos y la vamos a meter a mano. La duda que tengo es, ¿qué ocurre si el rendimiento íntegro por trabajo es menor a los 2.000 euros que te puedes deducir con carácter general? El programa lo calcula como 0,00 euros y te devuelte la totalidad de lo retenido?


Muchas gracias, saludos.
#2

Re: Dudas declaración renta

En el caso de mi padre, falleció el 30/11/2019 y NO cobró la mensualidad de su pensión de jubilación de diciembre. No obstante, en el certificado de rentas de 2019 sí le viene y en sus datos de la renta aparece esa mensualidad incluida. ¿Qué debo hacer, solicitar uno corregido al INSS y que ellos manden los datos corregidos?
Comprueba si lo que le viene en el certificado es la extra de navidad, no diciembre.

En la declaración de la renta de mi padre figura su fecha de fallecimiento a 30/11/2019, pero en sus datos aparece como que la vivienda la utilizó como vivienda habitual 365 días, ¿debería cambiarla y poner 334 días o como no tributa por ella es indiferente?
Yo creo que es indiferente.

En el caso de mi madre cobró la mensualidad de diciembre de su pensión de viudedad en enero, junto con la mensualidad de enero, así que no le figura en el certificado de rentas de 2019. Como le descontaron algo más de 200 euros de IRPF queremos hacer la declaración, pero no le aparece en sus datos y la vamos a meter a mano. La duda que tengo es, ¿qué ocurre si el rendimiento íntegro por trabajo es menor a los 2.000 euros que te puedes deducir con carácter general? El programa lo calcula como 0,00 euros y te devuelte la totalidad de lo retenido?
Tenéis que meterlo "a mano". Si no hay más rentas, le devolverán todo lo retenido.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Dudas declaración renta

Hola Juan Lackland,

Muchas gracias por responder.

Ahora me dejas con la duda, ya que yo tenía entendido que el devengo de la paga extra de navidad se generaba desde el 1 de junio al 30 de noviembre y como mi padre falleció le 30 de noviembre le correspondía íntegra la extra de navidad, que cobró en noviembre.

En cuanto a tu pregunta no, no es la extra de navidad, porque como te digo la percibió en noviembre y por importe íntegro. Para mayor seguridad hice el cáculo mirando una consulta de movimientos del banco que teníamos del año pasado y en el certificado de rentas figuran 14 mensualidades en lugar de 13, osea que le incluyeron la mensualidad de diciembre que no llegó a percibir.

¿Debería pedir al INSS una rectificación y que mandaran los datos correctos?

Un saludo.
#4

Re: Dudas declaración renta

OK, aclarado que no se trata de la extra, me parece que lo mejor para evitar conflictos con Hacienda es pedir al INSS que rectifique el certificado. No vaya a ser que, pensando mal, alguien se haya quedado con esa mensualidad de diciembre.

P.D. En cuanto a la extra, creo que sí que le corresponde entera.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Dudas declaración renta

Muchas gracias  Juan Lackland,

Ya he comunicado a la Dirección Provincial del INSS de mi provincia y a la Subdirección General de Gestiones de Prestaciones la incidencia, pidiendo ver si me pueden mandar un certificado corregido. Espero que se pueda arreglar, sino no tendré más remedio que descontarlo a mano, ya que ese mes NO lo cobró, el banco se lo ingresó y el mismo día le descontó el adelanto de la pensión. Además, seguro al 100% que no lo cobró otra persona.

Al respecto, y relacionado con mi pregunta, tengo otra duda para nota:

Mi madre generó el derecho a su pensión de viudedad con efectos del 1 de diciembre de 2019.

La resolución del reconocimiento da la prestación de auxilio por defunción es de 30 de diciembre de 2019 y la resolución del reconocimiento de la pensión de viudedad es del 2 de enero de 2020, pero se le reconoce la pensión con efectos del 1 de diciembre de 2019.

Pues bien, el 15 de enero de 2020 cobró los 46,50 euros de la prestación de auxilio por defunción y ese mismo día percibió 2 mensualidades de la pensión de viudedad (la correspondiente al mes de diciembre de 2019 y la correspondiente a enero de 2020).

En el certificado de rentas de 2019, supongo que por la fecha de reconocimiento, le aparece solo la prestación de auxilio por defunción, no figurando la mensualidad de diciembre.

Entiendo que en este caso deberíamos añadir a mano la mensualidad de diciembre, con sus retenciones, para que así le devuelvan lo retenido. Si no hacemos declaración de la renta, perdemos ese dinero, que no es poco. Además, supongo que por mucho que en el certificado de rentas de 2020 venga esa mensualidad reconocida como atrasos, ya no podremos presentar la declaración en esas fechas, porque será extemporánea y, en caso de hacerla, supongo que tendremos alguna penalización por hacerla fuera de plazo, ¿no?

Ya dije que era pregunta para nota jaja. Muchas gracias, un saludo.
#6

Re: Dudas declaración renta

Entiendo que en este caso deberíamos añadir a mano la mensualidad de diciembre, con sus retenciones, para que así le devuelvan lo retenido. 
OK, totalmente correcto. Son rentas de 2019 y aunque se hayan percibido en 2020 hay que declararlas en el plazo actual porque también se han cobrado antes de dicho plazo. Distinto sería si lo hubiese cobrado por ejemplo en agosto de 2020.
Si lo presentarais el año que viene, podrían sancionar, aunque teniendo en cuenta la buena voluntad quizás no hubiera tal sanción.

P.D. Mira si el auxilio por defunción entra dentro de esta renta exenta según la ley:
Estarán exentas las siguientes rentas:
Las prestaciones percibidas por entierro o sepelio, con el límite del importe total de los gastos incurridos. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Dudas declaración renta

Gracias nuevamente,

Yo entiendo que sería lo correcto, que la impute al año 2019, ya que son atrasos que corresponden a ese año y mi madre los percibió en enero de este año, antes de que se iniciara la campaña de la renta de 2019.

El problema es que la mensualidad de diciembre no le figura en el certificado de rentas de 2019 y un amigo que se dedica a estos temas me dice que él no lo imputaría y lo dejaría como está en el certificado, porque al no figurar en el certificado de rentas, Hacienda nos va a requerir y pedir explicaciones al respecto y que esos temas son un follón. Yo entiendo que teniendo una Resolución que dice que los efectos de la pensión de viudedad son del 1 de diciembre de 2019 y un certificado bancario que acredite el importe percibido el 15 de enero de 2020, en el que se verá claramente que ese abono corresponde a 2 mensualidades, no debería haber problemas.

Está claro que la pensión de viudedad es un rendimiento del trabajo y que la normativa dice que:  "Los rendimientos del trabajo, tanto los ingresos como los gastos, se imputan al período impositivo en el que sean exigibles por su perceptor".

Y al respecto, tambien dice: " Así si los atrasos se perciben entre el 1 de enero de 2020 y el inicio del plazo de presentación de las declaraciones del IRPF correspondiente al ejercicio 2019, la autoliquidación complementaria deberá presentarse en dicho año antes de finalizar el plazo de presentación (hasta el 30 de junio de 2020), salvo que se trate de atrasos del ejercicio 2019, en cuyo caso se incluirán en la propia autoliquidación de dicho ejercicio",  pero mi amigo me habla desde su experiencia en estos temas de muchos años y me dejó preocupado. La verdad que no sé qué hacer con este tema.

Un saludo y muchas gracias.
#8

Re: Dudas declaración renta

Yo te recomiendo hacerlo bien, o sea declararlo ahora. Para evitar que te pidan explicaciones, puedes adjuntar ahora los documentos correspondientes que mencionas o sea la Resolución y el justificante bancario.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.