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Normativa antiaplicacion

2 respuestas
Normativa antiaplicacion
Normativa antiaplicacion
#1

Normativa antiaplicacion

acciones ENAGAS:

Compro el dia 17/2/2019: por ejemplo 100 a 17€
vendo el día 20/06/2019: esas 100 a 13€
Compro el mismo dia 20/06/2019: 100 a 13.05€
vendo el dia 20/02/2020 100 a 17€
En resumen dejo la cartera a 0. Mi pregunta las perdidas que tengo en el año 2019 puedo aplicarlas o las tengo que dejar cautivas.
gracias?
#2

Re: Normativa antiaplicacion

Al 31/12/209 mantienes en cartera las recompradas por tanto la perdida tienes que declararla , pero no puedes aplicarla hasta que no vendas las recompradas, que ya son vendidas en el 2020.
Si despues de esta ultima venta del 21020 no recompras el mismo titulo en los 2 meses siguientes a la venta, podras aplicar las perdidas del 2019 que te han quedado pendientes.

Saludos
#3

Re: Normativa antiaplicacion

Gracias, mucho tiempo sin leer tus respuestas