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Atrasos cobrados por sentencia judicial
Buenas,
En mayo de 2019 nos pagaron unos atrasos correspondientes en mi caso a los años desde febrero 2011 hasta abril 2019.
He leído que si es por sentencia judicial (de 2019 la sentencia), no se debe hacer declaraciones paralelas ya que va relacionado con el año de la sentencia. ¿Alguien me puede confirmar si es correcto?
Me refiero a que ya estaría incluido en la renta 2019 que debo presentar ahora, y no hacer declaraciones complementarias de cada uno de los años anteriores.
A la espera de vuestra respuesta.
Saludos,
En mayo de 2019 nos pagaron unos atrasos correspondientes en mi caso a los años desde febrero 2011 hasta abril 2019.
He leído que si es por sentencia judicial (de 2019 la sentencia), no se debe hacer declaraciones paralelas ya que va relacionado con el año de la sentencia. ¿Alguien me puede confirmar si es correcto?
Me refiero a que ya estaría incluido en la renta 2019 que debo presentar ahora, y no hacer declaraciones complementarias de cada uno de los años anteriores.
A la espera de vuestra respuesta.
Saludos,