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Pensión no contributiva

1 respuesta
Pensión no contributiva
Pensión no contributiva
#1

Pensión no contributiva

 
Buenos días, 

Me gustaría plantearles una cuestión relacionada con la pensión no contributiva la cual expongo a continuación: 

Si percibo una pensión no contributiva de unos 590€ mensuales (pensión + complemento de 3º persona) y percibo desde enero de 2020 unos ingresos mensuales por actividad laboral de unos 500 o 600€. Entiendo que sigo cumpliendo los requisitos para mantener la pensión. 

No obstante, si por ejemplo en mayo me pluriempleo y encuentro un nuevo trabajo, con salario mensual de 1.000€. Entiendo que se suspende la pensión por pasarme del límite máximo permitido que es de 11.992€. 

En este sentido, mi pregunta es: ¿Debería devolver el dinero que percibí de la pensión de enero a mayo? Pues, durante esos meses, continuaba cumpliendo los requisitos, pero a partir de mayo… me paso del límite si se tiene en cuenta todo lo ingresado desde enero de 2020 hasta diciembre de 2020. 

#2

Re: Pensión no contributiva

 
entiendo que cobras pensión de invalidez, que es la que puede ser compatible. La de jubilación,no.
Cada vez que tengas una variación en tus ingresos, tienes que comunicarlo, para que te indiquen si sigues teniendo derecho, y si es compatible, a cuánto se te queda reducida/aumentada la pensión desde el momento que se produce esa variación. En el caso que expones, no te van a pedir que devuelvas el pago pasado por un ingreso futuro, ya que no era conocido cuando te concedieron la pensión.
 los pensionistas están obligados a:
* Comunicar al Organismo que gestiona su pensión las variaciones en su convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos propios y/o familiares, y cuantas otras puedan tener incidencia en la conservación del derecho o en la cuantía de su pensión.
* Presentar anualmente declaración de sus rentas o ingresos y de los de su unidad familiar de convivencia en impreso-formulario que a ese fin se le remita por el Organismo Gestor de su pensión.