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Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

7 respuestas
Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012
Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012
#1

Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Buenos días

Lanzo pregunta que incluso pilla un poco desprevenidos a gestores/asesores en cuanto a realizar una Renta.

El caso es que se compró un piso en 2012 y se vendió recientemente, con una pequeña plusvalía... Rebuscando por internet, encontré que precisamente en 2012 se hizo una excepción para que los pisos comprados en el 2º semestre de 2012 pagaran sólo el 50% de la plusvalía en el caso de que se vendieran. No sé si alguien recuerda por qué se hizo ésto, si para fomentar compra de pisos o qué. 
 Además no pone en ningún sitio que tenga que ser vivienda habitual, a diferencia de otras exenciones. 

Copiado de la propia AEAT: 
  

Exención parcial
(disposición adicional trigésimo séptima Ley IRPF)

Estarán exentas en un
50 por ciento las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso a partir de 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012.



Exención parcial:

Están exentas en un 50 por ciento las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de inmuebles urbanos situados en territorio español que hubiesen sido adquiridos a partir del 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012. Esta exención parcial no resulta aplicable:

  • En el caso de personas físicas, cuando el inmueble se hubiera adquirido o transmitido a su cónyuge, a cualquier persona unida al contribuyente por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido, a una entidad respecto de la que se produzca, con el contribuyente o con cualquiera de las personas anteriormente citadas, alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.
  • En el caso de entidades, cuando el inmueble se hubiera adquirido o transmitido a una persona o entidad respecto de la que se produzca alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, o al cónyuge de la persona anteriormente indicada o a cualquier persona unida a esta por parentesco, en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido.





La pregunta es...uno se puede acoger a esta exención si cumple esos criterios, ¿cierto?
#2

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Buenos días:

Para las ganancias patrimoniales parece claro que se puede aplicar el 50 %. Pero no así para la plusvalía municipal. Ya que el método de cálculo es diferente. 

Si la ganancia patrimonial es escasa, además podrás descontar los gastos de adquisición y enajenación.

En el caso de que te resulte negativo o la ganancia patrimonial sea menor que la cuota de la plusvalía municipal, no habría plusvalía municipal, ya que la cuota no puede exceder de la ganancia. 

STC 126/2019, de 31 de octubre de 2019. Fundamento 5:

"5. La declaración de inconstitucionalidad. La situación que ha dado lugar al planteamiento de la presente cuestión de inconstitucionalidad no puede considerarse en modo alguno como excepcional y, por tanto, el efecto negativo que provoca no es posible asumirlo como algo inevitable en el marco de la generalidad de la norma. Antes al contrario, se produce en relación con supuestos generales perfectamente definibles como categoría conceptual, razón por la cual, la legítima finalidad perseguida por la norma no puede prevalecer frente a las concretas disfunciones que genera, contrarias, como hemos visto, al principio de capacidad económica y a la prohibición de confiscatoriedad (art. 31.1 CE). En consecuencia, debe estimarse la presente cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 32 de Madrid, y, en consecuencia, declarar que el art. 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, es inconstitucional por vulnerar el principio de capacidad económica y la prohibición de confiscatoriedad, uno y otra consagrados en el art. 31.1 CE, en aquellos supuestos en los que la cuota a pagar es superior al incremento patrimonial obtenido por el contribuyente. ......"

Saludos.
#3

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Gracias por la respuesta.
Efectivamente la municipal ya se pagó. 

Lo que me parece curioso es que limitaran está exención parcial precisamente en ese corto periodo de 6 meses de 2012, no sé si alguien recuerda por qué motivo lo hicieron.
#4

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

El motivo fue por causa de estimular las ventas de activos inmobiliarios, que se traspasaban a las sociedades inmobiliarias, para su venta, provenientes de las entidades de crédito que se quedaron pillados en la burbuja.

Saludos
#5

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Cuadra totalmente con lo que pasó esa época sí, entonces misterio resuelto. Muchas gracias
#6

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Estoy periodo tan corto ¿porque se hizo?
Para algún político o rey?
#7

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Entiendo que son detalles ya muy "fiscalistas", pero en varios asesores donde he consultado tampoco les veo muy convencidos...

A la hora de acogerse a esa exención de la plusvalía, si yo no tenía el pleno dominio sino sólo la nuda propiedad, ¿Creéis que aún así sería factible acogerse?

Lo digo porque en varias consultas vinculantes a Hacienda   (pero en este caso siempre sobre vivienda habitual, no como en esta exención de 2012 donde no especifican que sea o no vivienda habitual), siempre asocian la posibilidad de acogerse a exención en las plusvalías cuando tengas pleno dominio de vivienda, no basta con tener nuda propiedad:

Aquí pongo esas otras exenciones: 
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-no-vinculante-dgt-1867-00-14-10-2000-340401
https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0079-17-19-01-2017-1443238
#8

Re: Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012

Yo entiendo que si transmites ahora el pleno dominio, si puedes acogerte. Esas consultas hablan de transmisiones de la nuda, antes de haber consolidado.
No obstante, no pondría la mano en el fuego...

Un saludo

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