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Herencia, liquidados impuestos en 2015, no se ha aceptado ni adjudicado por no poderse registrar el deseo del difunto
Se trata de una herencia con 2 herederos y 7 legados (incluidos los herederos). Fallecimiento en 27/07/2014, liquidación de impuestos el 27/01/2015. Hay testamento pero no se puede repartir como dijo el difunto porque no se puede registrar así por falta de metros (son dos fincas rústicas). Se ha decidido aceptar la herencia y entregar los legados de forma igual para todos (no como se liquidó el impuesto, según el testamento), para luego vender la propiedad y repartir a partes iguales. En este caso ¿habría que hacer donación de los que liquidaron por más metros?, si es así ¿por qué valor, el de ahora o el de 2015?. ¿Se podría hacer una complementaria de lo que se liquidó en su momento por impuesto de sucesiones teniendo en cuenta que el no poderse registrar es ajeno a los herederos?. He hecho la consulta al Gobierno Balear y estoy en espera de respuesta