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Herencia con clausula para descontar dinero

4 respuestas
Herencia con clausula para descontar dinero
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Herencia con clausula para descontar dinero
#1

Herencia con clausula para descontar dinero

Hola,

Mi padre ha fallecido y tiene un testamento en el cual deja como herederos a mi y a mi hermana.
Hay una clausula "especial" donde se indica que se debe de descontar 500 euros/mes desde enero de 2015. A día de hoy se me debería de descontar 30.000 euros.
Los bienes que ha dejado mi padre son unos 10.000 euros en metálico y un piso valorado en unos 200.000 euros
Ahora que ha llegado la hora de repartir la herencia, aunque la relación con mi hermana es buena, me surgen dudas/miedos:
¿Voy a tener que pagar a mi hermana los 20.000 ? ¿Puedo subsanar esa deuda cuando el piso se venda?

Gracias por adelantado por sus respuestas.
#2

Re: Herencia con clausula para descontar dinero

Aparenta que tu hermana ha sido su cuidadora. Y que tu padre estableció algo así como "te pago 500 €/mes por la atención y cuidados, pero a cuenta de la herencia futura". O sea, un "ya se pagará lo que te debo con lo que quede".
No creo que sea un "legado de deuda" que te haga a ti de forma particular, aunque pudiera ser también.

Según lo que sea, hay que descontar primero, y repartir entre ambos después, o repartir primero, y luego la deuda solo será exigible a ti.

En los números que pones: Si es un reconocimiento de deuda genérico contra la masa del caudal relicto:
200.000 piso + 10.000 dinero - 30.000 deuda = 180.000 €
A cada uno le corresponden 90.000 €

Si es lo segundo, un legado de deuda o pensión que solo te grava a ti:
200.000 piso + 10.000 dinero = 210.000 €
A cada uno le corresponde 105.000 €
Pero tú luego deberás pagar a tu hermana 30.000 €, según los plazos exigibles a las deudas

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Herencia con clausula para descontar dinero

Se debió especificar un poco mas qué pasaba si no había efectivo en la herencia para ese pago, pero, en una interpretación rápida, yo diría que debe descontarse de tu parte esos 30.000, si no lo hay en dinero, del resto de bienes. Así que, esos 20.000 restantes los puedes pagar de tu bolsillo o que queden pendientes de la venta, o adjudicar el piso en la proporción que corresponda, no del 50-50 sino 60 a tu hermana o lo que salga.

Un saludo

#4

Re: Herencia con clausula para descontar dinero

Muchas gracias por vuestras respuestas.

Espero que sea dinero a descontar del piso porque ahora no dispongo de tanto dinero.

#5

Re: Herencia con clausula para descontar dinero

     En el tema que planteas, todo gira con respecto a la relación con tu hermana. Si es buena como dices, no creemos exista ningún problema. Nos imaginamos que el hecho de que tu padre indicara en el testamento, el pago de 500.- €uros desde Enero de 2.015, suponemos que es porque habrás estado utilizando el piso durante esas fechas y a lo mejor actualmente. Lo lógico es que padre ha querido compensar a tu hermana, el tiempo que tú lo has usado y por ello ha fijado, como si fuera una renta, durante el tiempo de ocupación. No vemos ningún problema en que lleguéis a un acuerdo tu hermana y tú, inclusive firmando un documento privado, en el que te comprometas a que, en el momento de la venta, ella cobrará esos 30.000.- €uros por el tiempo que tú lo has ocupado. Por otra parte la realidad es que no le queda más remedio, ya que si tú ahora mismo y, antes de la venta, no tienes dinero para pagarle: ¿Qué puede hacer?. Embargar tus derechos hereditarios por dicha cantidad, con los mismos efectos en el momento de la venta del piso. Otra solución es que en la Escritura que tenéis que hacer del reparto de la herencia, se indique que ella tiene el 50% dela propiedad más 30.000.- €uros. Así de sencillo.