Empadronate donde realmente vivas. Cualquier otra cosa es un follón para temas de médico de cabecera, votar, etc, etc.
Las segundas residencias se considera que tienen unos rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF, pero la verdad es que suele ser una cantidad ridícula lo que se paga por ellas, y, como ya te han dicho, el 50% que tienes con tu marido te contara por ese concepto. Puede haber una diferencia en lo que pagues por una y por otra, por supuesto, pero probablemente sea una cantidad muy inferior a 100 euros anuales, a mi por ese dinero no me compensaría meterme en historias, tener que ir a votar a otro sitio, médico de cabecera no se donde, etc. Además de que Hacienda puede pedir que justifiques que es tu vivienda habitual y solicitar facturas de gas, luz, etc. Si no vas a vivir allí yo creo que no te compensa meterte en follones. Si luego decides venderla o alquilarla otra vez a cambiar todo... Ni de broma me metía yo en semejante historia por una cantidad ridícula. Además de que legalmente tienes que estar empadronada y tener tu domicilio fiscal donde realmente vives.
Puedes hacer una simulación de renta en la página de la agencia Tributaria poniendo el nuevo inmueble y te haces una idea de la diferencia. Me sorprendería que fueran más de 100 euros anuales y estoy por apostar que son menos de 50 en total la diferencia entre poner una u otra vivienda como habitual
Saludos