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Importe Pendiente Deducir Renta 2017 por vivienda arrendada

1 respuesta
Importe Pendiente Deducir Renta 2017 por vivienda arrendada
Importe Pendiente Deducir Renta 2017 por vivienda arrendada
#1

Importe Pendiente Deducir Renta 2017 por vivienda arrendada

Buenas tardes tengo una duda, en la renta 2017 en el rendimiento neto de un inmueble arrendado me dio un resultado de -2183.74 €, este año al volcar los datos fiscales hacienda me indica que tengo como importe pendiente de deducir solo 197.91.

mi pregunta es ese resultado negativo del rendimiento neto de cada inmueble me lo puedo llevar como importe pendiente de deducir? o solo son los gastos los que son acumulables a los próximos 4 años?

Gracias

#2

Re: Importe Pendiente Deducir Renta 2017 por vivienda arrendada

En particular, se considerarán incluidos, entre otros, los siguientes:

  1. Los intereses de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute del que procedan los rendimientos y demás gastos de financiación, así como los gastos de conservación y reparación.

    A estos efectos, tendrán la consideración de gastos de reparación y conservación:

    • Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones.

    • Los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros.

    No serán deducibles por este concepto las cantidades destinadas a ampliación o mejora.

    Importante:

    El importe total a deducir por estos gastos no podrá exceder, para cada bien o derecho, de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos.

    El exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes, sin que pueda exceder, conjuntamente con los gastos por estos mismos conceptos correspondientes a cada uno de estos años, de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos en cada uno de los mismos, para cada bien o derecho.

 

Solo estos tipos de gastos son los que se pueden reservar a compensar en los 4 ejercicios siguientes, el resto de gastos que también se pueden deducir no tienen este tratamiento.

Por tanto los 197,91 euros serán los que corresponden a este tipo de gastos que superaron el importe de la renta obtenida y son los que puedes incluir en este 2018, en el mismo apartado.

Saludos