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Re: Beneficios fiscales por discapacidad
Si la vivienda que vende es en el momento de la venta su vivienda habitual y es mayor de 65 años, con independencia de sus discapacidad, esta posible ganancia patrimonial se encuentra exenta de tributación.
Siendo una renta exenta, no se tiene que declarar en el IRPF, en ningún apartado.
Saludos
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Re: Beneficios fiscales por discapacidad
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