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Sentencia familia numerosa

2 respuestas
Sentencia familia numerosa
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Sentencia familia numerosa
#1

Sentencia familia numerosa

buenas tardes, recientemente hay una sentencia del tribunal supremo con caracter retroactivo que afecta a las categorias, a mi en 2016 me la bajaron de especial a general  y puedo reclamar segun la sentencia las bonificaciones que no cobre en hacienda, alguien ha reclamado ya o sabe como hacerlo? gracias

#2

Re: Sentencia familia numerosa

Desconozco la sentencia, si establece doctrina con carácter retroactivo, pero si tu la conoces y es así, puedes modificar las declaraciones presentadas mediante el Programa RentaWeb desde el 2016 y 2017 ya presentados.

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Impuestos_y_Tasas/IRPF/Modelo_100___Mode______Declaracion_y_documentos_de_ingreso_o_devolucion_/Tramites/Ejercicios_anteriores/Ejercicios_anteriores.shtml

Desde este enlace accedes a las RentaWeb presentadas , las recuperas y le das a modificar ( No complementaria) y rectificas la deducción por familia numerosa y la remites para recibir la devolución de lo cobrado.

Si puedes les adjuntas PDF de la Sentencia y una nota solicitando su cumplimiento.

Saludos

#3

Re: Sentencia familia numerosa

Imagino que en algún momento te emitieron un título de categoría general, y habría que ver cuál es el plazo de reclamación contra esa decisión administrativa para indicar que no estabas de acuerdo.

La Sentencia es precisamente para una familia que cuando le emitieron el título de categoría general empezó a reclamar y ha llegado con su reclamación hasta el Tribunal Supremo.

me temo que si se ha pasado el plazo, estás en un caso parecido a las personas que reclamaron la devolución del IRPF de la prestación de maternidad y cuando se lo denegaron, no siguieron el procedimiento de reclamación, y ahora, cuando salió la sentencia del Supremo, les dicen que por un lado están fuera de plazo para el recurso sobre el rechazo inicial y por otro, no pueden volver a reclamar por un acto consentido.

Te diría que contactes con alguna asociación de familias numerosas, si no eres miembro ya, porque como mínimo sé que están ayudando a sus asociados a que recuperen el título, y tal vez vayan a tratar este tema de hasta cuándo se puede retrotraer, o con algún abogado.

Y que obtengas en cualquier caso cuanto antes el nuevo título, para poder aplicar la deducción mejorada.