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Duda prestación pago único tributación renta
Hola,tengo la siguiente duda. En el año 2017, percibí la prestación por pago único por importe de 14.500 Euros. En el año 2018, se tuvo que dar de baja la actividad. En relación a la exención de dicho importe del pago único, ¿ se ha de hacer una complementaria del año 2017 tributando por la cantidad del pago único o se debería de incluir en la renta del año 2018 y cuál era el período mínimo de mantenimiento de la actividad para no tributar por dicha prestación?.Muchas gracias.