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Requerimiento hacienda

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Requerimiento hacienda

Hola,

Soy francés y vivo en España desde abril 2013. Me jubile en julio 2014... Hasta julio 2014 tenia dinero de trabajo francés. En 2015 cuando he hecho la declaración de la renta en Francia no me han contado la parte correspondiente de mí pensión et he pagado solo sobre mi parte de salario de trabajador. Llame a hacienda francesa y me contestaron que tenia que declarar mi pensión a España. Según, los ingresos de mi trabajo, me dijeron que son de una empresa Francesa y que tengo que pagar este solo en Francia.

No sabia hacer la declaración de la renta, fui a ver un gestor. El me confirmo la misma cosa que según la convención Francia / España tenia que declarar solo mi pensión a España...

lo que hemos hecho

Hace unos días he recibido una carta certificada de hacienda sobre la renta de 2014. Dicen que

  se han detectado ciertas incidencias, para cuya subsanación y para realizar actuaciones de comprobación limitada, al amparo con los efectos previstos en la ley general Tributaria, deberá aportar

Certificados de retribuciones y retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, para justificar las discrepancias entre lo declarado como rendimientos del trabajo y retenciones o ingresos a cuenta, y los datos de los que dispone la Administración por dichos conceptos

Según lo dispuesto en el articulo 2 LIRPF, constituye el objeto de este Impuesto la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pórdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde  hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador

De los datos que obran en poder de la Administración, consta que ha percibido rendimientos de salarios o retribución de administradores precedente del extranjero

 Deberá aportar justificación de los rendimientos obtenidos de estos pagadores. En el supuesto de que haya satisfecho impuestos en el país de procedencia de la renta, deberá justificar el impuesto pagado.

Por ello se acuerda realizar este requerimiento con el fin de que proceda a subsanar las citadas incidencias.

Con la notificación de la presente comunicación se inicia un procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional

El alcance de este procedimiento se circunscribe a la revisión y comprobación de las incidencias en los datos declarados En concreto.

El alcance de la comprobación se limitará a la comprobación de los rendimientos del trabajo presuntamente obtenido en el extranjero 

Fui a agencia tributaria para llevar la documentación pedida Y estoy pendiente de una respuesta.

He leído que es posible que tenia que declarar a España también los rendimientos del trabajo..?

Que va a pasar ahora? Van a multar me? Que puedo hacer para prepararme a la próxima entrevista con hacienda?

Muchas gracias para lo que puede aportarme que tengo mucho estrés