Dudas Renta2018 (hipoteca entre particulares no aparece, deducción guardería 1000€, derecho deducción vivienda habitual)
Buenos días, a ver si me podéis echar una mano con los siguientes temas que tengo por cerrar en la declaración de la renta 2018:
1.- A mediados del año pasado tuve que cambiar de residencia habitual, para poder hacerlo suscribí un préstamo bancario (que sí aparece en la declaración) y otro préstamo entre particulares (con mi padre). Dicho préstamo se inscribió en la Agencia Tributaria Catalana dentro de los plazos y demás para que no se considere una donación. Me encuentro con que dicho préstamo no aparece en la declaración y no veo la manera de poder incluirlo. ¿Cómo se puede hacer?.
2.- Durante el año pasado he estado pagando los gastos de guardería de mi hijo pequeño a través de retribución flexible exenta (cheque guardería) y me encuentro que haberlo hecho así me es desfavorable con respecto a haberlo pagado directamente por transferencia, pudiendo de esa manera, mi mujer realizar la deducción de los 83.33 €/mes(que reúne los requisitos de hacienda para dicha deducción adicional a la existente de maternidad). Me pregunto si es posible modificar en la declaración los conceptos de retribuciones flexibles exentas y sujetas a IRPF para que mi mujer pueda practicarse dicha deducción, me explico, yo imputo parte de lo que he pagado como retribución flexible exenta de guardería en la casilla de retribuciones flexibles sujetas a IRPF, cotizando de dicho modo esa cantidad para que ya no se considere retribución exenta y que de esta manera se lo pueda incluir mi mujer en la declaración sin entrar en la incompatibilidad que explica hacienda de dicho caso. ¿Es posible?.
3.- Este tema guarda relación con la consulta 1, me explico, la vivienda habitual de la que me mudé a mediados de año la he mantenido, y esta vivienda estaba sujeta al régimen transitorio de deducción por vivienda habitual (la compré en el 2011). He visto que en las reglas especiales de dicho régimen transitorio de deducción por vivienda habitual dice: "Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrán practicar deducciones por la adquisición o rehabilitación de la nueva vivienda hasta que el importe invertido en ella exceda de las cantidades invertidas en las anteriores que hubieran gozado de deducción". ¿Entiendo pues que aunque haya comprado mi vivienda habitual actual en el 2018 puedo mantener el derecho a la deducción del 15% del restante que me queda por pagar del préstamo que hice para la primera? ¿Si es así, cómo lo tengo que avisar a hacienda en esta declaración?- La verdad es que con este tema en concreto voy bastante perdido, aunque entiendo que tanto el préstamo que hice con el banco como el que hice con mi padre para la nueva vivienda habitual deberán constar en la declaración para poder posteriormente aplicarme la deducción, ¿no?.
Muchas gracias anticipadas por vuestra ayuda!!!