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Valoracion precio de adquisicion de un inmueble

2 respuestas
Valoracion precio de adquisicion de un inmueble
Valoracion precio de adquisicion de un inmueble
#1

Valoracion precio de adquisicion de un inmueble

Buenos dias

Tengo dudas de como valorar el precio de adquisición de un inmueble vendido en el 2018, a continuación detallo los hechos:

  • el 05/05//1976, por la muerte de mi padre, heredo la vivienda habitual, y su respectivo impuesto de sucesiones
  • mi madre compra en el 1996, un inmueble a continuación de la vivienda habitual, mi madre fallece en el 2007, y en la adjudicación de herencia al notario se le olvida incluirla en la escritura,
  • en Julio de 2018, me tengo que hacer heredero de este inmueble,(no se hace impuesto de sucesiones, por prescripción) después hago otra escritura por unificación de inmuebles, y al día siguiente otra escritura de venta del inmueble.....CUESTION: que precio pongo de adquisición, en la renta, entiendo que en renta la misma referencia catastral debe de tener dos actos,
  1. poner la misma referencia catastral  con el precio del impuesto de sucesiones por la muerte de mi padre, y acogerme a la disposición 9ªelementos patrimoniales adquiridos antes de 31/12/1994) 
  2. con la misma referencia catastral poner la parte que compro mi madre.....pero aquí como no hay impuesto de sucesiones el valor es cero. cuando hice la agrupación de fincas, el registro de la propiedad me envío una liquidación informando que el valor de la unificación de inmuebles era  15.000euros superior por lo que yo la había vendido..... pero con la ley en la mano, la normativa de renta, toma como valor de adquisición el precio que estuviera en el impuesto de sucesiones...… ¿se podría poner el precio de adquisición el precio que viene el la liquidación del modelo 600 por agrupación de fincas ?
#2

Re: Valoracion precio de adquisicion de un inmueble

Entiendo que cuando fallece tu padre, la vivienda pertenecía a la Sociedad de Gananciales, por tanto el 50% sigue siendo propiedad de tu madre y el otro 50% ella tiene el Usufructo y el heredero la Nuda Propiedad.

Tu madre adquiere una vivienda anexa a la suya que no modifica en el Catastro y por eso mantienen la misma Referencia Catastral ambas viviendas.

En 2007 fallece tu madre y el heredero consolida la Plena Propiedad al extinguirse el Usufructo de la original vivienda y hereda en Plena Propiedad la otra vivienda adquirida posteriormente.  Esta fecha es la fecha de adquisición de ambas viviendas, para cuando tu las vendas.

El valor de adquisición si no tienes mas referencias tendrás que utilizar la que conste en la escritura de unificación de inmuebles, como al parecer tienes perdidas tomando este valor de adquisición, y la fecha de adquisición no es anterior al 31-12-1994 no seria de aplicación la Reducción de la D.T-9ª.

El impuesto de Plusvalía Municipal que si corre a tu cargo , será un menor valor de venta a considerar en el IRPF.

Saludos

#3

Re: Valoracion precio de adquisicion de un inmueble

Muchísimas gracias Lunatico, desconocía la consolidación de fechas por fallecimiento de mi madre, que fue posterior, pero creo que no me he explicado bien, más bien he omitido el detalle de que  en la escritura de adjudicación de herencia de mi padre, mi madre renunció a la herencia en favor de mí, su único hijo, yo tenia dos años, y en la escritura detalla que ella la tendría en usufructo hasta su fallecimiento.

Un saludo