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Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada

3 respuestas
Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada
Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada
#1

Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada

Hola foreros,

Os expongo mi caso: el año pasado adquirí 2 viviendas, que ya estaban alquiladas, a las cuales les hice varios arreglos de albañilería, pintura, fontanería... Los ingresos fueron de 12.000 € y estos gastos que comento fueron de aproximadamente la misma cantidad (6000 de la empresa que hizo la reforma y otros 6000 de materiales, poseo facturas de todo).

La cuestión es que echando numeros, a partir de 3500 € imputados como gastos, la cuota líquida me sale negativa, con lo que no me interesa imputar más gastos de esa cantidad (me daría igual poner 3500 que 5000 o 10000). He visto que parte de los gastos se pueden declarar en sucesivas declaraciones (hasta 4 años). Supuestamente es la cantidad de gastos que exceda de los ingresos, ¿verdad?, pero mi pregunta es: ¿ puedo esos 8500 € trasladarlos y declararlos en años posteriores y no "perderlos" ?

Gracias y saludos,

Dani

#2

Re: Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada

Veras que son dos apartados diferentes  a) Los gastos Reparación-Reforma-Intereses de Capital , los cuales no pueden superar a las rentas cobradas y si superan, el exceso se puede aplicar en los 4 ejercicios siguientes, en las mismas condiciones.

b) Los gastos corrientes IBI-Seguros-Comunidad-Amortización que cuando los gastos anteriores dejan a CERO las rentas estos ya no tienen aplicación.

En los gastos de a) tienes que poner todos los pagados en el ejercicio, el Programa RentaWeb te aplica solo hasta el limite y el exceso te lo guarda en unas casillas del Anexo C1 para aplicarlo en próximos ejercicios.

Saludos

#4

Re: Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada

Gracias Lunatico.

Las viviendas las he adquirido al 50% con un socio. En ese sentido, de cara a introducir los datos de ingresos y gastos en las rentas del capital inmobiliario para esas viviendas (todas con la misma referencia catastral), me surgen 2 dudas:

        - ¿He de introducir el valor total de ingresos y gastos o solo la mitad? al modificar el % de propiedad, el valor del rendimiento neto reducido permanence invariable, por lo que deduzco que tendria que meter el 50% del total tanto en ingresos como en gastos, ¿es así?

         - Tengo facturas de gastos a mi nombre y mi socio tiene otras al suyo, entiendo que debemos de sumarlas todas ya que actuariamos como una sociedad de gananciales, verdad? En definitiva, los datos que él y yo introduzcamos en nuestras respectivas declaraciones deben ser iguales (ingresos y gastos)? o depende de la causistica de cada uno?

 

Gracias de nuevo.

Saludos.

#5

Re: Fiscalidad de gastos de reparación y conservación en vivienda arrendada

Efectivamente cada propietario debe poner su porcentaje de propiedad , en este caso 50%.

Del mismo modo los gastos han de ser en la misma proporción, ya que situaciones distintas respecto a esta renta no puede haber diferencias , todo es al 50%.

Saludos