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Vivivenda habitual 9 meses y alquilada 3 meses. Como ponerlo en renta...

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Vivivenda habitual 9 meses y alquilada 3 meses. Como ponerlo en renta...
Vivivenda habitual 9 meses y alquilada 3 meses. Como ponerlo en renta...
#1

Vivivenda habitual 9 meses y alquilada 3 meses. Como ponerlo en renta...

Hola. El 24 de Agosto compre una segunda vivienda en la que empece a vivir como residencia habitual el 1 de Octubre. Me surgen varias dudas:

1) La vivienda en la que vivia hasta el 1 de Octubre , era mi vivienda habitual y tenia derecho a desgravacion. ¿Cuanto puedo desgravarme en renta 2018, los pagos hechos hasta esa fecha o 9/12 (De 1 de enero a 30 de septiembre) de todo lo pagado durante el año como maximo 9/12 de 9.015 €?

2) Entiendo que la nueva vivienda, debe generarme imputacion de renta por el mes(septiembre) y unos dias de agosto que fue vivienda mia pero no habitual , no es asi?

3) De Octubre a Diciembre, la vivienda inicial,  la que era vivienda habitual de enero a septiembre, la alquilo, por lo que esa vivienda tiene dos estados durante el año 2018. Vivienda habitual y arrendada, no es asi?

 

Por ultimo, alguien sabe como instrumentar esto dentro del rentaweb2018??? por mas vueltas que le doy, no logro saber como ponerlo....................

 

1 MM de gracias anticipadas

#2

Re: Vivivenda habitual 9 meses y alquilada 3 meses. Como ponerlo en renta...

Como Domicilio debes poner en donde resides actualmente, la ultima vivienda comprada y marcas la cuadricula de "Cambio Domicilio".

En la Pagina 7 Casilla 0063 , pinchas y aparece una ventana donde pones la referencia catastral de la nueva vivienda que es tu vivienda habitual (Domicilio nuevo) , Uso 2 a disposición de sus titulares por los días desde su adquisición hasta su ocupación como vivienda habitual, el programa calcula la Renta Imputada.

Ya tienes un inmueble cumplimentado  Marcad en "Alta Inmueble" y tienes otra ventana para cumplimentar la vivienda que has dejado en alquiler , con su Referencia Catastral  Uso 1 "Arrendamiento", cumplimentas la renta cobrada y los gastos ocasionados en la misma proporción a los meses en alquiler ( se pueden poner los intereses de la hipoteca si no la tienes cancelada, solo intereses) y El 3% de Amortización del valor Catastral de Edificación (no suelo).

Hasta que cambias de vivienda habitual puedes deducirte de las cuotas de hipoteca pagadas o si has cancelado y supera los 9.040 euros , este limite de inversión en vivienda habitual.

Saludos