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Estimación objetiva y modelo 100.

5 respuestas
Estimación objetiva y modelo 100.
Estimación objetiva y modelo 100.
#1

Estimación objetiva y modelo 100.

Hola a todos:

Mis cuestiones son las siguientes:

1. Resulta que he estado comprobando que para una actividad en estimación objetiva, cumplo los requisitos de ingresos para deducir 100€ por trimestre.(casilla 9 del modelo 131)

La duda que ostento es que si en el modelo deduzco esos 100€,¿ debo pagarlos de más en la declaración de la renta (modelo 100)? Es decir, estos 100€ de menos que no pago ahora,

cuando se calcule la cuota de autoliquidación, no van a disminuir el importe a pagar, sino incrementar el importe a pagar. Si disminuye el importe en la declaración 100, dónde debo introducir estas deducciones.

2. Las personas que se dedican exclusivamente a una actividad en estimación objetiva, ¿ Casi siempre sale a pagar en el modelo 100?

 

Muchas gracias, un saludo.

 

 

 

#2

Re: Estimación objetiva y modelo 100.

La Liquidación Final del ejercicio es cuando se presenta la Declaración (Modelo 100), en Estimación Objetiva el calculo de la cuota tributaria no depende de los beneficios reales del contribuyente, sino de una serie de Módulos afectos a la actividad.

Todo ingreso a cuenta que durante el ejercicio se realice en la Hacienda, es un adelanto de la cuota tributaria final de la Declaración (Modelo 100) y por tanto si se tiene menos ingresos a cuenta se tendrá mas cuota pendiente en la Declaración.

Por esto es posible, solicitar en el Modelo 131, realizar un ingreso mayor si el contribuyente no quiere soportar todo el coste en el momento de la Declaración.

La deducción de los 100 euros es optativo el aplicarlo en función de lo que se quiera según el párrafo anterior.

Saludos

#3

Re: Estimación objetiva y modelo 100.

Muchas gracias por la aclaración.

Acerca de la deducción de los 100€ en el modelo 131, En las retenciones a cuenta de la actividad del modelo 100 de la renta,¿ se introduce el importe del sin la deducciones?

Por ejemplo: el pago trimestral fijo en los trimestres es de 200€ por trimestre.

En cada modelo 131, se deduce 100€ y de paga sólo 100€.

En la declaración de la renta, ¿ se intruducen esos 200€×4 trimestres como cargo en cuenta?

Muchas gracias por su ayuda.

#4

Re: Estimación objetiva y modelo 100.

Los ingresos a cuenta que ya son pagos realizados por adelantado a la presentación del Modelo 100 (Declaración), son los realmente ingresados , en este caso que expones serian 100 euros/trimestre ( 400 euros totales ingresados a cuenta).

Lo que no pagas por adelantado lo tienes que pagar al presentar la Declaración (Modelo 100).

Saludos

#5

Re: Estimación objetiva y modelo 100.

Muchas gracias.
Ahora me resulta otra cuestión. A la hora de solicitar un préstamo, ¿qué método fiscal es más beneficioso para la concesión del mismo.?

El motivo de la consulta trata acerca de módulos.En este caso, trata de una clínica de fisioterapia de 38m2. La estimación que asigna hacienda es unos 11.300€. ¿Serían insuficiente estos ingresos estimados para que el banco lo conceda? O ¿ mirarían otras cosas?

Muchas gracias por sus contundentes respuestas. Un saludo.

#6

Re: Estimación objetiva y modelo 100.

Esto si que es desconocido para mi , los criterios de los Bancos para conceder prestamos,,,,, Saludos