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Dónde declarar si vivo en el extranjero?

1 respuesta
Dónde declarar si vivo en el extranjero?
Dónde declarar si vivo en el extranjero?
#1

Dónde declarar si vivo en el extranjero?

Buenas tardes,

Escribo aquí a ver si me podéis ayudar, ya que es un tema que no consigo aclarar sobre mi situación de la declaración de la renta. Os explico:

Vivo en Alemania durante todo el año (más de 183 días), donde he tenido ingresos pero no mayores al mínimo establecido en Alemania para presentar la declaración. Al mismo tiempo, he tenido ingresos en España de dos pagadores, la suma de los cuales tampoco llega a 12.000€, que es el mínimo que he leído para estar obligado a presentarla si viviera en España. 

¿Alguien me sabría decir dónde tengo que hacer la declaración, qué tengo que tener en cuenta o conozca algún gestor que me pueda asesorar con el asunto? Realmente los asesores/gestores alemanes y españoles con los que he contactado solo saben de sus países... 

Muchas gracias! 

#2

Re: Dónde declarar si vivo en el extranjero?

¿Cumples algunos de los requisitos para ser residente en España?

 

1) Que permanezca más de 183 días durante el año natural en territorio español, incluyendo las ausencias esporádicas salvo que acredite la residencia fiscal en el otro país.

2)Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta ‐ ---> vamos, que la mitad de tus ingresos mínimo provengan de España

3)Se presumirá salvo prueba en contrario la residencia del contribuyente cuando en España resida habitualmente su cónyuge no separado legalmente y los hijos menores que dependan del contribuyente

Si es así, y también lo eres en Alemania, tienes que ver de acuerdo al convenio de doble imposición donde eres residente:

http://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Tributaria/CDI/BOE_Alemania_2012.pdf

Cuando en virtud de las disposiciones del apartado 1 una persona física sea residente de ambos Estados contratantes, su situación se resolverá de la siguiente manera: a) se la considerará residente exclusivamente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición;

si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados, se la considerará residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales);

b) si no pudiera determinarse el Estado en el que dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales, o si no tuviera una vivienda permanente a su disposición en ninguno de los Estados, se la considerará residente exclusivamente del Estado donde viva habitualmente;

c) si viviera habitualmente en ambos Estados, o no lo hiciera en ninguno de ellos, se la considerará residente exclusivamente del Estado del que sea nacional;

d) si fuera nacional de ambos Estados, o no lo fuera de ninguno de ellos, las autoridades competentes de los Estados contratantes resolverán el caso de común acuerdo.

Si determinas que eres residente en España, tendrás que presentar IRPF en España, podrías declarar exentas los ingresos de España del trabajo por el artículo 7.p del IRPF.

Si lo eres en Alemania, tendrías que presentar en España el IRNR (impuesto renta no residentes) por los rendimientos del trabajo, lo comentamos hace unos días:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4131418-declaracion-irnr-declarados-por-irpf