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Heredar

7 respuestas
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#1

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Bueno creo q he acertado, pido disculpas si escribi mi pregunta donde no era.El tema es k desde hace un año estamos pendientes de resolver una herencia de mis padres somos 4 herederos a partes iguales  pero uno no esta deacuerdo y hemos tasado las viviendas, la tasacion de la vivienda habitual de mis padres dice k si k bien de acuerdo, la casa del pueblo es de dos plantas totalmente independientes una de otra, y nos la han tasado en 74000€  tres estamos de acuerdo pero uno no pues se kiere kedar con ellas y nos ha dicho k el da 45000€ y si no aceptamos tendremos problemas, necesito por favor una respuesta concluyente y sin miramientos pues lleva un año amenazandonos k si no se keda el por 45000€ no es para nadie  k debemos hacer. Gracias de antemano a todos  un saludo

#2

Re: Heredar

Actualmente los herederos que sean al menos el 50% pueden acudir a una notaría que nombrará contador partidor y se hará el correspondiente reparto de la herencia aunque alguno se oponga.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Heredar

Perdoname pero no entiendo, en la notaria nos dijeron k nos pusieramos de acuerdo, nosotros keremos vender pero el se opne a la venta y la kiere el por el precio k ha dicho y no tenemos acuerdo,

#4

Re: Heredar

Claro, en la notaría os dijeron que os pongáis de acuerdo porque es lo mejor y lo más barato para todos. Las demás alternativas suponen más gastos, pero si no queda más remedio porque hay uno que bloquea la situación y se niega a llegar a un acuerdo, hay que optar por otra solución, salvo que prefiráis eternizaros o tragar son sus exigencias.

Si  queréis solucionarlo sin tragar con sus exigencias podéis acudir a la notaría y pedir que os apliquen el siguiente art del Código Civil:

Art 1057

...

No habiendo testamento, contador-partidor en él designado o vacante el cargo, el Secretario judicial o el Notario, a petición de herederos y legatarios que representen, al menos, el 50 por 100 del haber hereditario, y con citación de los demás interesados, si su domicilio fuere conocido, podrá nombrar un contador-partidor dativo, según las reglas que la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Notariado establecen para la designación de peritos. La partición así realizada requerirá aprobación del Secretario judicial o del Notario, salvo confirmación expresa de todos los herederos y legatarios.

Lo malo es que seguramente las tasaciones que habéis hecho os han costado dinero y probablemente no valgan para el contador partidor..

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Heredar

Muchas gracias por contestar espero k salga todo bien gracias de nuevo, y un saludo

#6

Re: Heredar

Perdona k te mmoleste pero se ne paso preguntar si entre los tres podemos impedir k se valla de vacaciones el a la casa o k sake sus codas de alli pues tiene todo como almacen, nosotros no yenemos nada alli pero el tiene cosad almacenadas podemos impedirle entras hasta k lleguenos a un acuerdo y k sake todo, los gadtos pagamos entre todos y el disfruta de la estancia y sin pagat mas k lo k paga la cusrta parte de luz, sgua etc.....gracias

#7

Re: Heredar

No sé qué le ha pasado a tu teclado, parece que escribe con errores.

Los coherederos pueden hacer uso pacífico de los bienes de la herencia. Eso quiere decir que si él venía usando esa casa sin recurrir a la fuerza y la sigue usando, es muy difícil impedírselo. Seguirá usándola en precario hasta que se la adjudique algún heredero.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Heredar

Si, disculpa por los errores no me di cuenta gracias por todo, la casa la usabamos todos conjuntamente con ama, si he hablado con mis otros hermanos y seguro cogeremos un contador tasador como me dijiste, gracias de nuevo